El presidente de la República, Pedro Castillo, en su primer mensaje a la Nación indicó que una de las razones principales para buscar una nueva Constitución Política es que se permita adecuar los convenios de estabilidad tributaria, de las inversiones que involucran a recursos naturales, a las cambiantes circunstancias del mercado internacional, garantizando los ingresos del Estado.
“Estamos dispuestos a recuperar la soberanía sobre todos nuestros recursos naturales porque muchos, hoy en día, están en manos extranjeras, con contratos que tienen garantía de estabilidad tributaria”, afirmó el 28 de julio.
Sin embargo, ¿se puede imponer una modificación o se necesita cambiar la Constitución con el fin de afectar los convenios de estabilidad tributaria vigentes?
Según el expresidente del Tribunal Constitucional, Victor García Toma, este tipo de convenios se pueden modificar solo por mutuo acuerdo. No obstante, en caso de haber una controversia por incumplimiento o imposición, por lo general se resuelve en instancias internacionales.
El abogado penalista, Carlos Caro, indicó que para revisar contratos se debe tener en cuenta que los mismos no se han negociado y firmado en una situación donde el Estado está por encima del privado; es decir, el convenio está firmad en una relación entre pares.
Ante ello, no se puede imponer una renegociación o revisión de contratos, sino solo a través de una negociación previa. En caso que el Estado no reconozca lo acordado, se podrían activar demandas en un ámbito internacional, como sucedió con la Línea 2 del Metro de Lima.
“El mecanismo para ello es la negociación; es decir, el Estado tendría que acercarse a la contraparte con el objetivo de renegociar las clausulas (por ejemplo, relativas a la partida tributaria). Si se toma alguna medida arbitraria, la empresa puede levantar su queja, generalmente, a través de los mecanismos internacionales como el Ciadi”, indicó Caro.
Falta de detalle en el mensaje
No se puede, señaló García Toma, imputar que todos los contratos ley tienen cláusulas que pueden ser lesivas a los intereses nacionales. Por ello, el presidente tiene que establecer en qué contratos se identifica esta circunstancia.
Por otro lado, se tiene que listar a los contratos ley que están vigentes y aquellos que están próximos a vencer. Respecto a estos últimos, el presidente tiene toda la potestad de no renovarlos o poner sus condiciones para la renovación.
“Me parece que hay mucha imprecisión, demagogia y poca propensión a buscar soluciones prácticas a problemas que incluso no son establecidos concretamente. Hay una visión ideológica, lo cual no permite dilucidar aquello que le conviene efectivamente al Perú”, indicó.
Caro, por su parte, dijo que este tema merece muchas aclaraciones, pues no se ha establecido qué se quiere renegociar. Solo se ha dicho, a grandes rasgos, que la empresa tiene que retribuir más; sin embargo, son muchos los mecanismos para que esto suceda.
Implicancias
Según Caro, este tipo de mensajes como el dado por Castillo el 28 de julio, generan inestabilidad, pues son anuncios genéricos con muy poco conocimiento técnico detrás. Por ello, si no establece cómo se va a viabilizar esta propuesta, se tendría un efecto negativo para las inversiones.
“Si hay nuevos contratos que el gobierno quiere firmar y así promover la inversión, estos tienen que ser flexibles, pues el capital puede simplemente irse a otro lado”, señaló.
García Toma, por su parte, indicó que, dado que los contratos ley tienen cláusulas que permiten salvaguardar la seguridad jurídica de quien desea invertir en el Perú, las decisiones del gobierno respecto a ello tienen efecto en los planes de inversión.
“Somos conscientes que el Perú quiere inversiones que repercutan en la recaudación de impuestos, empleo, etc. Por otro lado, los inversionistas quieren asegurar el horizonte de la inversión para lo que necesitan estabilidad. Si no se respetan los acuerdos se podría afectar la relación con los inversionistas y desincentivar futuros proyectos ”, señaló.
Respecto a ello, el presidente del Instituto de Ingenieros de Minas del Perú (IIMP), Víctor Gobitz, indicó que este tipo de mensajes solo generan incertidumbre y crisis de confianza en medio de un contexto inoportuno.
“Debemos dar señales claras de estabilidad jurídica en un país que lo que requiere es inversión”, manifestó.
El economista Melvin Escudero señaló, por su parte, que el que se mencione la negociación de los contratos es algo que ya se esperaba pues la intención del Estado en cuanto impuestos es clara.
No obstante, este tipo de mecanismos tienen que ser evaluados y no pensarse que los precios internacionales siempre estarán elevados. En contraste, se tiene que considerar los incentivos que pueden verse afectados respecto al volumen de inversión.
“Esta relación entre la revisión de contratos e impuestos es fundamental respecto a la inversión. Si se respetan las formas, esto es manejable y no se perderían los proyectos que hay para explotar, los cuales generan puestos de empleo directos e indirectos”, señaló.
Por su parte, el decano de la facultad de Economía de la UPC, Carlos Adrianzén, indicó que los mecanismos de revisión de contratos dejan un espacio para acciones de soborno, lo cual se ha visto ya en muchos casos.