Desde el 1 de octubre entró en vigor la eliminación total del impuesto sobre los alquileres comerciales en Florida, anunció el Recaudador de Impuestos del Condado de Miami-Dade, Dariel Fernandez. Esta medida, contemplada en el House Bill 7031 y firmada por el gobernador Ron DeSantis el 30 de junio de 2025, suprime un gravamen existente desde 1968 que gravaba con entre 3 % y 3,5 % el arrendamiento de oficinas, depósitos y locales comerciales.
Fernandez destacó que el cambio marca “un paso importante para apoyar a la comunidad empresarial y generar un entorno más competitivo y sostenible”. Las compañías ahorrarán miles de dólares anualmente al dejar de pagar este impuesto, conocido como Business Rent Tax.
Según la Cámara de Representantes del Estado de Florida, el fin del impuesto podría liberar más de US$ 1,150 millones en flujo de caja durante el año fiscal 2025 y superar los US$1,500 millones el siguiente. Estos recursos permitirán a las empresas invertir en su personal, infraestructura o expansión en un contexto de recuperación económica.
Los expertos fiscales anticipan, sin embargo, que el estado enfrentará una reducción en sus ingresos, lo que podría repercutir en programas locales. Aun así, economistas del Florida Policy Institute estiman que el estímulo comercial compensará parcialmente la caída de recaudación a mediano plazo.
Las empresas deben revisar sus contratos firmados antes del 1 de octubre de 2025 para evitar confusiones con las facturas que cubran períodos anteriores. También es esencial distinguir entre alquileres anteriores a la reforma (sujetos a impuesto) y posteriores a la reforma (exentos).
La Florida Department of Revenue ofrecerá formularios para tramitar eventuales reembolsos a quienes paguen impuestos después de su eliminación.
La eliminación del impuesto a los alquileres comerciales no aplicará a los alquileres residenciales temporales, como los ofrecidos a través de Airbnb u otras plataformas de estadías cortas. Estas operaciones seguirán sujetas al impuesto estatal sobre las ventas, dado que pertenecen a una categoría diferente dentro del estatuto de alojamiento transitorio.
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