Si te encuentras en los Estados Unidos y posees la tarjeta de residencia permanente, más conocida como Green Card, ¿sabes cuántas veces puedes salir del país norteamericano y retornar a él sin ningún problema? Si lo desconoces, en esta nota te lo precisamos.
Cabe mencionar que se trata de un documento de identidad para residentes de los EE.UU. que no poseen la nacionalidad estadounidense. Por lo general, cuando se le otorga a un extranjero, este tiene derecho a residir y trabajar en el país indefinidamente, aunque se le puede retirar en caso haya cometido algún delito.
De acuerdo con la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos (CBP, por sus siglas en inglés), si eres residente permanente legal; es decir tienes la Green Card, puedes salir de los EE.UU. varias veces, lo mismo pasa cuando quieras regresar, esto siempre y cuando no sea para permanecer fuera del país norteamericano por un año o más.
En el caso salgas de USA por un año o más tiempo, lo único que debes hacer es solicitar un permiso de reingreso con los Servicios de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) antes de salir.
“Un permiso de reingreso le permite a un residente permanente legal o residente permanente condicional solicitar la admisión a los Estados Unidos al regresar del extranjero durante la validez del permiso sin la necesidad de obtener una visa de residente que regresa de una embajada o consulado de los Estados Unidos”, precisa el sitio web de CBP.
Estos permisos de reingreso tienen una validez de dos años desde la fecha de emisión. Por lo tanto, si permaneces fuera de EE.UU. por más tiempo, posiblemente te nieguen la entrada.
Si eres de los ciudadanos que saldrá de Estados Unidos por más de un año, solicita tu permiso de reingreso presentando el documento de viaje I-131 a USCIS.
“Si usted solicitó el estatus para ser un residente permanente, pero aún no es oficialmente un residente permanente ‘titular de la tarjeta verde’ y necesita salir de los Estados Unidos por una emergencia, [también] debe solicitar y recibir un permiso de salida anticipada para salir de los Estados Unidos mediante la presentación de una aplicación I-131 con USCIS”, precisa CBP.
Contenido GEC