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México empezará a exigir visa a las personas extranjeras que requieran entrar al territorio mexicano y pretendan transitar por los aeropuertos internacionales de ese país. Entonces, se deberá contar con una “visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas”, indicó el comunicado que brindó la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE).
Esta disposición es muy similar a los Estados Unidos, según el artículo 37 de la Ley de Migración, la visa será necesaria para las personas con nacionalidades específicas, a quienes no se les permitirá practicar actividades remuneradas, aunque no tengan pensado residir en el país latinoamericano.
Pero, no todos los turistas extranjeros que quieran ingresar a México o hagan conexión deberán contar con visa. Te comparto la lista de países que quedarán exceptuados: Canadá, Estados Unidos de América, Japón, Reino Unido e Irlanda del Norte y cualquiera de los países que integran el Espacio Schengen, así como algunas naciones miembros de la Alianza del Pacífico (Chile y Colombia).
Si pretendes viajar a México con fines de turismo, en tránsito, para acudir a convenciones, seminarios, eventos, visitas a familiares, etc.), conoce los requisitos generales para este tipo de visa:
Además de cumplir con los requisitos generales, la persona solicitante, deberá presentar documentos que acrediten la solvencia económica y estancia legal ya que podría presentar variaciones de acuerdo al país de origen. Estos documentos se presentan con el comprobante de pago de derechos correspondiente, el costo es de $53 dólares americanos.
La Embajada de México indica que los tramites de la visa son de forma personal y no se aceptan servicios de terceros. La solicitud se aceptará mediante citas la cuál es gratuita y se deberá general de manera online.
Se recomienda obtener la visa por lo menos cinco semanas previas a su viaje y que los gastos de viaje se efectúen únicamente después de que la visa haya sido emitida, según informa la Secretaría de Relaciones Exteriores. Además, si se presenta documentación apócrifa automáticamente descalifica al solicitante y se le puede imponer una alerta migratoria hasta por cinco años.
En caso de menores de edad, se deberán presentarse a la entrevista consular acompañados de ambos padres (debidamente identificados); una certificación de acta de nacimiento en original y constancia de estudios y los menores cuya patria potestad sólo corresponda a uno de los padres por resolución judicial, deberán presentar original y copia certificada del documento oficial de dicha resolución; una certificación de acta de nacimiento en original y constancia de estudios.
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