Los afiliados no solo aseguran su vejez, si no a sus familias. (FOTO: LINO CHIPANA OBREGÓN/ GEC)
Los afiliados no solo aseguran su vejez, si no a sus familias. (FOTO: LINO CHIPANA OBREGÓN/ GEC)

Los afiliados activos al sistema privado de pensiones () no solo reciben una pensión al jubilarse, también dejan protegidos económicamente a su familia en caso de fallecimiento si aportaron por lo menos cuatro de ocho meses, anteriores a la ocurrencia del fallecimiento.

De acuerdo a la web de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (), ante el fallecimiento del afiliado, los sobrevivientes tienen derecho de recibir una pensión. Esta se llama pensión de sobrevivencia y se otorga a quienes acrediten ser beneficiarios.

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¿Quiénes son los beneficiarios y qué deben presentar?

Los beneficiarios son el o la cónyuge, el o la concubino(a); hijo no nato; hijos menores de 18 años; hijos mayores de 18 años declarados con invalidez total o permanente para el trabajo; hijos mayores de 18 años que sigan de forma ininterrumpida y de manera satisfactoria los estudios de nivel básico o superior, hasta los 28 años de edad; padre o madre declarados con invalidez y padre de 60 años o madre de 55 años que hayan dependido del afiliado.

La documentación debe presentarse a la para que se valide el vínculo con el fallecido. Cabe señalar que una vez el afiliado haya fallecido se tiene un plazo de 90 días para continuar con el trámite.

La documentación que deben presentar los beneficiarios. (Foto: SBS)
La documentación que deben presentar los beneficiarios. (Foto: SBS)

La división de la pensión se da en porcentajes: cónyuge o concubino sin hijos (42%), cónyuge o concubino con hijos (35%), hijos menores a 18 años (14%), hijos mayores de 18 con invalidez (14%), hijos mayores de 18 años estudiando (14%), padres que sean inválidos (14%) y padres dependiente del afiliado (14%).

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Pasos para solicitar la pensión por sobrevivencia

Solicitud de pensión. Los beneficiarios se deben presentar y suscribir ante la AFP, entregando copia de la documentación que acredita su condición como tales, además de los siguiente documentos:

  • Solicitud de pensión de sobrevivencia debidamente llenada y firmada
  • Copia del atestado policial ante la ocurrencia de un accidente
  • Copia de los documentos que acrediten las remuneraciones del afiliado de los últimos 48 meses
  • Certificado médico de defunción, certificado de necropsia o copia certificada de declaración judicial de muerte presunta.

Conformidad de la solicitud de pensión. Una vez se entrega la documentación, la AFP verificará la cobertura del seguro previsional y evaluará si acepta o rechaza la solicitud.

Solicitud de cotizaciones. Los beneficiaros solicitan el cálculo de diferentes modalidades de pensión.

Presentación de cotizaciones. Las AFP y compañías de seguro presentan las ofertas de las diferentes modalidades de pensión.

Elección de modalidad de pensión. Los beneficiarios se ponen de acuerdo y elijen la AFP o aseguradora que les conviene.

Pago de la pensión. La AFP o Compañía de seguro efectúan el pago de la pensión de sobrevivencia correspondiente.

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