Con el objetivo de mejorar las condiciones para poder realizar el servicio militar, el Congreso de la República oficializó la norma, aprobada por insistencia, que establece un salario para el personal del servicio militar acuartelado.
Entre los argumentos para aprobar la Ley 31796, publicada en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, el Legislativo considera que el modelo voluntario no sólo comprende la libertad de elección de los jóvenes, sino que implica mejorar las condiciones en las que se desarrolle el servicio militar y los beneficios e incentivos que otorga el Estado.
Otro de las razones por la que el Congreso busca hacer atractivo el servicio militar es que existe un déficit de personal en los cuarteles del país.
Para prestar el Servicio Militar Voluntario, amparado en la Ley N° 29248, debes ser peruano de nacimiento y tener entre 18 a 30 años. Debes aprobar el examen de aptitud psicosomática.
La norma otorga una remuneración mínima vital (RMV) como asignación económica mensual para el personal del servicio militar acuartelado, la cual asciende a S/1,025.
Mediante la Ley 31796, publicada en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, “se establece en una RMV la asignación económica mensual para el soldado, grumete o avionero, que realiza el servicio militar acuartelado; de conformidad con el artículo 54, numeral 4, de la Ley 29248, Ley del Servicio Militar”.
Para las otras jerarquías del personal de tropa que presta el servicio militar acuartelado, añade que “la asignación económica mensual se fija teniendo como monto base la RMV, es aprobada por el Ministerio de Defensa en noviembre de cada año y rige a partir de enero del año siguiente”.
De acuerdo con el Ministerio de Defensa, estos son algunos de los derechos y beneficios a los que podrás acceder:
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