El 30 de noviembre de 2019, se publicó en el diario el Decreto Supremo N° 185-2019-PCM, a fin de promover y regular la implementación voluntaria de programas de cumplimiento normativo en materia de protección al consumidor y publicidad comercial.

Fabricio Sánchez Concha, asociado senior del estudio Benites, Vargas & Ugaz Abogados, comenta algunos de los aspectos más relevantes del Reglamento. Uno de ellos es que los planes de cumplimiento normativo deberán contar con políticas y procedimientos que consideren los riesgos que los proveedores pretendan controlar, dependiendo del sector en el cual realicen actividades comerciales.

Asimismo, el abogado explica que, el contar e implementar de forma eficiente un plan de cumplimiento, resulta beneficioso para los proveedores en la medida en que su ejecución se considerará un atenuante en caso se vean inmersos en un procedimiento sancionador.