Según Carolina Sáenz, asociada principal del área corporativa del Estudio Rubio Leguía Normand, tras varios meses de espera, el pasado18 de marzo se aprobó la Ley 31143 que modifica 3 normas en concreto:
1. La Ley 28587 - Ley Complementaria a la ley de Protección al Consumidor en materia de Servicios financieros.
2. Decreto Ley 26123 - Ley Orgánica del Banco Central de Reserva del Perú; y
3. La Ley 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
“Mediante la modificación de dichas normas, se ha establecido un nuevo régimen para los topes a las tasas de interés”, señala· Germán Gómez, asociado del área corporativa. Así, la Ley establece que el Banco Central de Reserva fijará los máximos y mínimos de tasa de interés de manera semestral únicamente respecto a las operaciones de crédito referidas a créditos de consumo, créditos de consumo de bajo monto y crédito para las pequeñas y microempresas.