El beneficio del , que permite diferir el pago de este impuesto hasta por tres meses una vez presentada la declaración mensual, viene siendo utilizado por más micro y pequeñas empresas (mypes) desde marzo del presente año, cuando se inició el acogimiento, informó hoy la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ().

Indicó que en el periodo febrero 2017 (que se declara en marzo) se acogieron más de 29,000 contribuyentes por un monto de diferida de S/ 54.4 millones.

Sin embargo, en el periodo julio 2017 (que se declara en agosto) la cantidad de contribuyentes aumentó en más de 70% llegando a los 51,386 mypes por un valor de S/ 92.6 millones de deuda por IGV diferida.

Esta es la evolución mensual creciente en el acogimiento al beneficio del IGV Justo:

[Etiqueta]

RequisitosLa prórroga del IGV beneficia a las mypes con ventas anuales no mayores a S/ 6.71 millones (1,700 UIT). Además, deben cumplir otros requisitos tales como:

- No mantener deuda tributaria en cobranza coactiva superior a S/ 4,050 (1 UIT).

- No tener como titular a una persona natural o socios condenados por delitos tributarios.

- No se encuentren en proceso concursal.

- Haber presentado sus declaraciones y/o efectuado el pago de sus obligaciones del IGV y del Impuesto a la Renta, de los doce (12) periodos anteriores al plazo para regularizar; salvo que hubieran regularizado la declaración, el pago del tributo o fraccionado la deuda en un plazo de hasta noventa días previos a la fecha de acogimiento.

Finalmente se debe señalar que los contribuyentes pueden ingresar a la "Consulta Padrón de Prórroga de Pago de IGV" que se encuentra en nuestro Portal, y verificar si pueden acogerse a este beneficio que se ejerce por cada periodo tributario.

Para ello, deben marcar la opción que figura en el Formulario Virtual o PDT N° 621 Declaración Jurada Mensual del IGV y Renta.