Redacción Gestión

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Con el fin de establecer los plazos relacionados con las declaraciones y pago de impuestos que deben cumplir los contribuyentes, la aprobó el cronograma de vencimientos de obligaciones tributarias correspondiente al año 2016, que regirá a partir de este mes y se inicia en el 12 de febrero.

Según una resolución de la Sunat, publicada a fines del año pasado, las fechas de vencimiento serán de acuerdo al último dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) e involucran a las obligaciones relacionadas con el Impuesto General a las Ventas (IGV), el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), pagos a cuenta del Impuesto a la Renta, Nuevo Régimen Único Simplificado y los tributos retenidos o percibidos.

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Para el presente año, las fechas de vencimiento se han agrupado de acuerdo al perfil de los contribuyentes en solo seis días, lo que agilizará y facilitará el cumplimiento de estas obligaciones.

En febrero y por el resto del 2016, los contribuyentes cuyo último dígito de RUC sea cuatro (4) o 5 (cinco) serán los que iniciarán el cronograma, entre el 12 y 15 del mes que le corresponda declarar.

Asimismo, se establecen las fechas de vencimiento para los pagos correspondientes al Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF), que deberán efectuarse de acuerdo al cronograma establecido en el anexo 2 de la resolución de la Sunat.

Los Buenos Contribuyentes cuentan con un vencimiento especial, que reconoce el cumplimiento permanente de sus obligaciones y les brinda un mayor número de días para cumplir con presentar sus declaraciones y pagos.

Para mayor información, se pueden comunicar con la Central de Consultas a los números 0-801-12-100 (desde un teléfono fijo) y 315-0730 (desde un celular) o solicitar orientación personalizada en los Centros de Servicios al Contribuyente ubicados en todo el país. También pueden revisar el cronograma en el portal institucional de la Sunat (www.sunat.gob.pe).