Redacción Gestión

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La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP () aprobó, mediante Resolución N°652-2016, la modificación del Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito, así como del Reglamento de Transparencia de la Información y Contratación con Usuarios del Sistema Financiera.

Con esto, el regulador busca fortalecer el marco de protección de los usuarios de tarjetas de crédito y simplificar los procedimientos a efectos de hacerlos más comprensibles y adecuados a sus necesidades.

De esta manera, en adelante, se reconocerán los siguientes derechos a los usuarios: i) decidir cómo aplicar los pagos a su (ii) la facultad de realizar un pago anticipado parcial; y, iii) asegurar que el pago a su tarjeta de crédito siempre sea aplicado a la deuda.

Respecto al orden de aplicación de los pagos, la norma, publicada hoy en el Diario Oficial, establece el orden de aplicación de pagos en forma descendente empezando por la deuda con mayor tasa de interés hasta llegar a la deuda de menor tasa. Adicionalmente, se reconoce el derecho del usuario a elegir una forma distinta de aplicación de pago.

En relación a la facultad de realizar del pago anticipado parcial, se incorpora el derecho a realizar un pago anticipado parcial en tarjetas de crédito en cualquier momento, estableciendo los mecanismos y parámetros para que la empresa realice la correspondiente reducción de intereses, comisiones y gastos aplicables.

Finalmente, en materia de reconocimiento del adelanto de cuotas, la norma regula que todo pago que realice el usuario por encima de la deuda exigible en el periodo, podrá ser considerado un adelanto de cuotas o un pago anticipado.

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