Redacción Gestión

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Hay muchas empresas que se equivocan al momento de retener los aportes a sus trabajadores afiliados a las AFP, los trabajadores no informaron de su afiliación; o porque el área de personal no revisa de los trabajadores en el portal de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP; o no usan el sistema de , para saber a cuál AFP está afiliado.

El problema La empresa que se equivoca en el pago de los descuentos por pensiones que debió hacer a la AFP en que está afiliado, y lo hace a otra AFP o a la ONP, tendrá una eventual demanda judicial de la AFP a la que debió realizar los aportes y no lo hizo, que incluirá además los intereses legales y gastos administrativos.

Y además, de acuerdo a la legislación vigente, responderá ante la AFP (a la que no se pagó) la regularización de los aportes adeudados a nivel administrativo o judicial.

Gonzalo Bernal Cárdenas, gerente de Operaciones de AFP Habitat comentó que las AFP (a la que no se pagó) no brindará ninguna facilidad de pago a la empresa, ya que está impedida legalmente para hacerlo, "se trata de dinero de los trabajadores, no es nuestro", afirmó.

La ley del Sistema Privado de Pensiones establece un sistema de cobranzas coactivas que a nivel judicial ocasionará el embargo de cuentas y otras medidas, por la suma total de los aportes no efectuados donde correspondían, más intereses y los costos judiciales.

Por esa razón, Bernal recomendó a las empresas a realizar los pagos a través del sistema de AFP Net, de la Asociación de AFP, ya que este sistema identifica la afiliación del trabajador al SPP y a qué AFP debe aportar (para la ).

La Sunat también se encarga de recaudar los aportes que realiza el empleador respecto de EsSalud, en donde puede ocurrir que se pague en exceso.

DevoluciónSin embargo, no todo está perdido, ya que la empresa puede a la ONP y Essalud, la devolución de los montos indebidamente pagados, que se podrán realizarán en cuotas u otras modalidades.

La ONP y Essalud tienen un procedimiento de devolución de aportes pero no se aplica, sino que este se realiza a través de la Sunat, encargada de la recaudación de estos descuentos y aportes desde julio de 1999.

El trámite es gratuito, y se inicia en las sedes de la Sunat, la empresa debe presentar el , firmado por el representante de la empresa , por cada periodo o tributo por el que se solicita la devolución, explicando los motivos que causaron el error en el pago y documentos de prueba.

La Sunat calificará el pedido, y tiene el plazo de 45 días para dar una respuesta. Si se resuelve favorablemente el pedido entregará un pago en cheque.

En el caso de que no resulte favorable, resuelve en última instancia administrativa el Tribunal Fiscal.