El (Opecu) consideró como "inconcebible" la obligatoriedad que tienen los ganadores del sorteo de adquirir dos entradas para el partido histórico entre Perú versus Nueva Zelanda. A lo que se suma, el hecho de que no se asegura al comprador, asientos contiguos.

"Es inconcebible que para asistir al partido de repechaje, el consumidor está obligado a adquirir dos entradas y además, la empresa no asegura al comprador que el par de asientos son contiguos, es decir, vende un espectáculo público en el cual un padre de familia no podría estar junto a su menor hijo", afirmó el presidente del Opecu, .

Ante lo cual, instó a la Federación Peruana de Fútbol (FPF) y Teleticket a "corregir de inmediato, estas injustificables medidas.

El directivo agregó que esta situación "serían infracciones al deber de idoneidad, establecido en el Código de Protección y Defensa del Consumidor. En consecuencia, presentaremos lo pertinente ante el Indecopi".

La asociación de consumidores también instó a los organizadores del partido de repechaje que define el cupo al mundial Rusia 2018, a poner a disposición de las personas en situación de discapacidad el 5% del aforo del recinto deportivo, que no fueron consideradas en el reglamento, pese a que sí lo hace la FIFA.

"Llama poderosamente la atención que para la venta de boletos del partido de repechaje se haga referencia a sistemas de comercialización similares, internacional, entre estos, de la FIFA, y no se consideró la categoría de Entradas de Acceso Especial para venderse a personas con discapacidad. Por lo que instamos a la FPF a disponer de 1,800 entradas o el 5% del aforo del Estadio Nacional para tal fin", puntualizó.

Finalmente, el directivo reiteró a la FPF que antes de la apertura de ventas de las entradas del partido de repechaje, se haga de conocimiento público el detalle – como corresponde – de las filas y asientos reservados por dicha institución, en aras de la transparencia y de una adecuada relación de consumo con los compradores.

"Es un asunto de justicia y equidad con los consumidores que accedieron mediante sorteo a la compra de entradas, las cuales, como es obvio entender, tiene el derecho a elegir los asientos que estime adecuado y no, de nuevo, depender de una situación ajena, entre algunas la de estar alejado del familiar menor de edad o con discapacidad", finalizó Plate.