Redacción Gestión

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El Ejecutivo público, el último sábado, el reglamento que regirá la .

La norma especifica que el registro de estos profesionales estarán a cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS). Hace hincapié que se inscribirán obligatoriamente aquellos que realicen operaciones inmobiliarias de intermediación dentro del territorio nacional.

Este registro será de acceso público y gratuito desde el portal institucional de la entidad estatal.

Asimismo, señala que la inscripción tendrá dos secciones: la primera para la inscripción de personas naturales y la segunda para la de personas jurídicas. En ese sentido, el reglamento subraya que la inscripción al registro es gratuita.

La documentación que se presenta para formar parte del citado Registro, en caso de las personas naturales dedicadas al son los siguientes:

1.- Formulario de inscripción debidamente llenado.2.- Fotocopias simples del Diploma y del Certificado de Estudios del Curso de Especialización para Agente Inmobiliario.3.- Declaración Jurada del Agente Inmobiliario de encontrarse en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles.4.- Declaración Jurada de domicilio.5.- Una fotocopia simple del DNI y del RUC del Agente Inmobiliario.6.- Certificado de Antecedentes penales de uso administrativo expedido por el Registro Nacional de Condenas en el que se acredite que no registran sentencias condenatorias.7.- Dos fotografías a color tamaño pasaporte.

En el caso de las personas jurídicas se les exigirá:

1.- El Formulario de inscripción debidamente llenado.2.- Certificado de Vigencia de Persona Jurídica expedido por el Registro de Personas Jurídicas, con una antigüedad no mayor de 30 días calendarios.3.- Certificado de Vigencia de poder del representante legal, expedido por el Registro de Personas Jurídicas, con una antigüedad no mayor de 30 días calendarios.4.- Fotocopia del RUC, del DNI del representante legal y de cada uno de los agentes inmobiliarios que se requieren inscribir.5.- Fotocopia de los contratos de trabajo o del acto jurídico que acredita la subordinación entre la persona jurídica y los Agentes Inmobiliarios que se requieran inscribir.6.- Fotocopia del Diploma y del Certificado de Estudios del Curso de Especialización para Agente Inmobiliario de cada uno de los Agentes Inmobiliarios que se requieren inscribir.7.- Certificado de antecedentes penales de uso administrativo de cada uno de los agentes inmobiliarios que se requieran inscribir, en la que se acredite que no registran sentencias condenatorias.

Con los documentos listos, estos se presentan a la Oficina de Gestión Documentaria y Archivo de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del MVSC.

Los solicitantes que residen al interior del país, deberán presentar la documentación por correo certificado. Esta área se encargará de evaluar la documentación, sin embargo, en caso de incumplimiento, está oficina tendrá un plazo de cinco días hábiles de recibida la solicitud para notificarle al solicitante del rechazo.

De no subsanarse dentro del plazo de 10 días hábiles de recibida la comunicación, se tiene por no presentada la solicitud, por lo que se devuelve la documentación al solicitante cuando se apersone a reclamarla.

De no haber inconvenientes, el procedimiento para la inscripción en el registro es de 30 días hábiles, computados a partir de la fecha de recepción del expediente.

La inscripción al Registro de Agente Inmobiliario tiene una vigencia de tres años, computados a partir de la fecha de emisión de la constancia de emisión.

Impedidos

El reglamento aclara que están impedidos de inscribirse en el : el deudor sometido a un procedimiento concursal por insolvencia.

Tampoco procederá la inscripción del sancionado con la cancelación definitiva del Registro; los miembros del Poder Judicial y del Ministerio Público; la persona jurídica con falta de pluralidad de socios; así como la persona jurídica cuyos socios, accionistas, titulares, apoderados o representantes legales hayan sido sancionados en su actuación como personas naturales.

La norma subraya que, si todo está en regla, el MVCS notificará al en el domiciliario que haya consignado, que se emitió la constancia de inscripción y se proceda a la entrega correspondiente.

La renovación del registro luego de tres años, se solicitará dentro de los 30 días calendarios antes de la fecha de su vencimiento.

Multas y sanciones

La norma aclara que aquellos Agentes Inmobiliarios que actúen sin contar con inscripción en el Registro del Agente Inmobiliario serán sancionados con una multa hasta por la suma equivalente a 5 UIT (S/ 19,750).

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