Redacción Gestión

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En medio de gran expectativa, en el 2015 el Gobierno anunció la implementación de tres nuevos sistemas para fomentar el alquiler y venta de viviendas: el , el y la .

En julio del 2015 se publicó el decreto legislativo que impulsa el alquiler-venta y leasing inmobiliario, normativa que luego fue reglamentada en noviembre último.

Mediante el sistema de las personas pueden hacer un contrato de alquiler con opción a compra. El inquilino y propietario establecen un plazo por ejemplo, uno o dos años en que se paga una renta por el alquiler del inmueble, el cual no será considerado parte de la cuota inicial.

Este periodo de alquiler le servirá al inquilino para demostrar su capacidad de pago ante una entidad financiera y poder acceder a un crédito hipotecario para adquirir el inmueble.

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En el leasing inmobiliario una entidad financiera adquiere la vivienda elegida por la persona y la entrega a cambio de cuotas mensuales de pago, fijadas de acuerdo al valor de la vivienda y plazo de pago. Este producto está dirigido a las personas que no cuentan con ahorros para una cuota inicial en un crédito hipotecario.

Pero en caso de ser una vivienda nueva, la persona tendría que pagar una prima de estreno, equivalente a entre el 5% a 10% del valor del inmueble. A diferencia de un crédito hipotecario, durante el periodo del leasing inmobiliario la entidad financiera mantiene la propiedad del inmueble hasta el final del pago.

En noviembre empezaron a suscribirse los primeros contratos de alquiler-venta. Pero recién se espera que este año el mecanismo tome mayor impulso. El ministerio de Vivienda espera que 10,000 inmuebles puedan ofrecerse bajo el sistema de alquiler-venta hacia julio del 2016.

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En el caso del leasing inmobiliario, este mecanismo tardaría aún más tiempo en ejecutarse, tras el bajo interés mostrado por las entidades financieras. Se espera que recién empiece a ofrecerse el leasing desde el segundo trimestre del 2016.

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Y la expectativa del Gobierno es que lleguen a colocarse 25,000 viviendas bajo este mecanismo en los próximos dos años.

No obstante, una reciente encuesta de la Cámara Peruana de la Construcción (Capeco) entre sus asociados señala que sólo el 20% de los entrevistados muestra interés en emplear el mecanismo de alquiler-venta, mientras que en el caso del leasing inmobiliario el interés se reduce al 10% de los promotores inmobiliarios.

Ante este panorama, el Gobierno evalúa que el Banco de la Nación impulse el leasing inmobiliario ofreciendo este producto a los trabajadores públicos.

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Capitalización inmobiliariaEl mecanismo que podría tener mayor acogida para acceder a una vivienda es la capitalización inmobiliaria, aunque todavía falta la publicación de más normas que regulen este sistema.

Mediante este mecanismo una parte del alquiler de una vivienda será destinado a un fondo de capitalización que servirá para la compra del inmueble.En principio serán las entidades financieras (bancos, cajas municipales, financieras, etc.) las que ofrezcan este producto.

Para ello deberán adquirir la vivienda y alquilarla a su cliente bajo el nuevo sistema de capitalización inmobiliaria.

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El decreto legislativo que estableció la capitalización inmobiliaria se publicó en setiembre pasado y se anunció que el reglamento vería la luz en octubre, pero ello no sucedió pues tuvo sucesivos retrasos.

El último anuncio del Gobierno señalaba que se iba a publicar el reglamento en diciembre –aún no se ha concretado- pero ya no sería un reglamento oficial sino un borrador que tendrá unas semanas a la espera de comentarios, con lo cual la norma quedaría oficializada recién el primer trimestre de este año.

Luego de ello recién la podría ser implementada por las entidades financieras, inmobiliarias y constructoras.

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