Redacción Gestión

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A un mes y medio de publicado el reglamento de la SBS para el uso del 25% del fondo de pensiones para financiar la cuota inicial o amortizar el crédito hipotecario de un primer inmueble, la Asociación de Bancos (Asbanc) encontró una serie de trabas y que – de acuerdo al gremio – no han sido aclaradas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

Estas ocasionan, en opinión de Alberto Morisaki gerente de Estudios Económicos de Asbanc, que el proceso para la solicitud de un crédito o amortizar una deuda, sea lento en desmedro de los usuarios.

"La disponibilidad del 25% de los fondos de las AFP, si bien en la mayoría de casos se viene desempeñando según lo establecido, se ha visto en ciertos cosas de la existencia de temas que no están definidos en la norma (de la SBS), que retrasa el proceso", apuntó el especialista.

En esa línea, refirió que el gremio remitió un oficio a la SBS para que esté aclare 25 hechos que generan dudas en los bancos.

¿Cuáles son los problemas hallados por los bancos? Morisaki detalló cinco casos de los 25 encontrados:

1.- Si la validación del primer inmueble es por zona o sede registral. Aquí, afirmó el especialista, no está claro cuál de las dos opciones utilizar.

2.- Qué pasa cuando el domicilio declarado e indicado en el DNI no coincide con el consignado en la solicitud para acceder a un crédito hipotecario. En este caso, refirió Morisaki, se requiere precisar cuál de las dos direcciones validar.

3.- Qué ocurre si la operación se cae y la AFP ya desembolsó el dinero correspondiente al 25% del fondo de pensiones del que solicita el crédito al banco.

En ese caso tampoco está – apuntó el economista – establecido el proceso por el cual se devuelve el dinero a la AFP dado que esa transferencia implica costos de envió, tipo de cambio e ITF.

4.- Otro detalle es que la información del reporte crediticio consolidado de la SBS tiene un desfase de 2 meses. Este reporte permite al banco corroborar si el solicitante cuenta con un crédito pedido con anterioridad.

El problema radica, advirtió Morisaki, que al no estar actualizado, se convierte en una herramienta insuficiente para determinar si un cliente tiene o no un crédito hipotecario con anterioridad.

5.- Qué pasa si una vez que los fondos de la AFP fueron aplicados al crédito hipotecario, por ejemplo, para la cuota inicial o para la amortización de la cuota inicial mediante un prepago, y hay un diferencial a favor del cliente, ocasionado por factores de tipo de cambio.

En dichos casos, cómo se debe proceder, preguntó Morisaki, qué se hace, se le da al usuario o se le devuelve a la AFP y ello ocurre, cómo se hace eso.

Cabe precisar, que la SBS, en un comunicado, señaló que en oficio remitido a cada entidad bancaria se da respuesta a las consultas realizadas por el gremio referido al procedimiento operativo para el uso del 25% del fondo de las AFP en crédito hipotecario.