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Alfredo Prado Garcíaaprado@diariogestion.com.pe

El Gobierno, a través del Decreto Legislativo Nº 1112, modificó la Ley del Impuesto a la Renta. Ha incluido, entre otros cambios, que las empresas constructoras deberán pagar el Impuesto a la Renta (IR) de sus contratos de obra cada año; es decir, elimina el método diferimiento. Actualmente podrían pagar dicho tributo cuando terminaran las obras si tomaban hasta tres años.

Esta medida, que entrará en vigencia el primero de enero del 2013, afectará principalmente a las empresas constructoras que contratan obras con el Estado, mientras que en las obras privadas hay costumbre de tributar cada año, opinó Jaime Rodríguez Larraín, presidente ejecutivo de CyJ Constructores.

"Esa norma (de diferimiento) generó que se le permita postergar los resultados, pero al derogarla generará un impacto negativo muy fuerte en los proyectos de construcción. Pero esperemos que (el Gobierno) dicte normas transitorias claras, pues en este momento hay centenas de contratos multimillonarios que vienen difiriendo resultados", comentó el tributarista Jorge Picón.

Dijo que el objetivo de eliminar el diferimiento es incrementar de forma inmediata la recaudación, pero en una coyuntura de crisis no sería el momento de cambiar ese tipo de norma.

Efecto Fuentes de Capeco señalaron que la medida no va a redundar en una mayor recaudación para el fisco, pero podría afectar el flujo financiero de las empresas.

De otro lado, el Gobierno modificó la Ley de Delitos Aduaneros, que castigará con pena privativa de la libertad a los que participen de la receptación aduanera por valor superior a las cuatro UIT. Además, con hasta ocho años a los que eluden o burlen el control aduanero en el ingreso de mercancía desde el extranjero.

En cortoFalta. Hasta la fecha ya publicaron normas tributarias para modificar la Ley General de Aduanas, la Ley de Delitos Tributarios, y cambios en la Ley de Impuesto a la Renta. Faltaría realizar algunos cambios a la Ley del IGV.