Damnificados por Niño Costero recibirán S/ 500 al mes, según decreto de urgencia del Poder Ejecutivo. (Foto: Andina)
Damnificados por Niño Costero recibirán S/ 500 al mes, según decreto de urgencia del Poder Ejecutivo. (Foto: Andina)

El publicó hoy un decreto de urgencia que dicta medidas extraordinarias y urgentes en materia económica y financiera, de carácter excepcional y transitorio, que son necesarias para la atención de la población damnificada por el Niño Costero.

La norma dispone, de forma excepcional, la entrega de una ayuda económica mensual para el arrendamiento de una vivienda, a favor de la población damnificada que ocupaba una vivienda que se encuentre en condición de colapsada o inhabitable por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados al .

En ese sentido, la población que ahora se ubica en albergues o refugios temporales, fajas marginales, zona costera del litoral o quebradas recibirán S/ 500 mensuales.

Esta ayuda económica se financiará con cargo a los recursos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) hasta por el monto de S/ 72 millones.

Se otorgará la ayuda económica por vivienda colapsada o inhabitable, no pudiendo recibir un damnificado beneficiario más de una ayuda económica.

Para efectos de lo establecido en el decreto de urgencia, se entiende como damnificado beneficiario a la persona natural mayor de 18 años sin carga familiar o a las familias, que hayan ocupado una vivienda que se encuentre colapsada o inhabilitable, que recibe la ayuda económica.

La ayuda económica que otorga el gobierno nacional no generará derecho para una solución de vivienda definitiva.

Procedimiento
​La norma establece que ante la convocatoria efectuada por la municipalidad provincial, los damnificados solicitarán la ayuda económica mensual, adjuntando para tal efecto una declaración jurada, en la que conste que la ayuda económica será destinada para el arrendamiento de una vivienda.

La municipalidad se encargará de verificar que el solicitante sea un damnificado y potencial beneficiario y remite al MVCS la relación de potenciales beneficiarios damnificados de la ayuda económica.

Para el otorgamiento de la ayuda económica se debe verificar, a través del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri), que las viviendas de los potenciales beneficiarios damnificados tengan la condición de colapsadas o inhabitables, según el catastro de daños de las zonas de emergencia.

De encontrarse diferencia entre el catastro de daños y la relación remitida por la municipalidad provincial, el Cofopri verifica y, de ser necesario, actualiza el informe de catastro de daños.

Lo establecido en el decreto de urgencia  tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2018 o hasta que se agoten los recursos transferidos al Fondo Mivivienda, lo que ocurra primero.