(Foto: GEC)
(Foto: GEC)

Gran cantidad de empresas y personas se han visto en la necesidad de solicitar una reprogramación o una refinanciación de sus deudas para no caer en mora. Esto, debido al difícil contexto económico que atraviesa el país por la pandemia del coronavirus (COVID-19).

Las entidades financieras que forman parte de la Asociación de Bancos (Asbanc) han reprogramado 6′,168,699 créditos por un monto total de S/ 108,627 millones hasta el 10 de julio, en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19.

Si bien las de deuda han permitido otorgar mayores plazos de pago a las personas y empresas, y a su vez evitar un deterioro de la cartera de créditos por parte del Sistema Financiero durante la pandemia; al reprogramarse las deudas a las mismas tasas en que fueron otorgados los créditos en un inicio –antes de la pandemia–, se genera que la probabilidad de pago sea extremadamente baja”, señaló Arturo García, profesor del área de Finanzas de ESAN.

Pero, ¿qué son exactamente estas facilidades de pago? ¿En qué se diferencian?

Se debe tener en cuenta 4 puntos clave para reconocer las diferencias entre cada una de estas, según ESAN:

  1. Crédito vencido y crédito al día: Tanto la como la de una deuda son beneficios otorgados a un deudor cuando no puede asumir una obligación de pago con alguna entidad del sistema financiero. Para ello, se elabora un nuevo cronograma de pagos. La diferencia entre una y otra se encuentra en que la se otorga cuando una parte del crédito se encuentra vencida, mientras que en la reprogramación el solicitante del crédito aún se encuentra al día en sus pagos.
  2. Condiciones para solicitar una refinanciación: Siempre es preferible reprogramar una deuda antes que refinanciarla; sin embargo, en caso esté por ocurrir este segundo supuesto, es importante que el solicitante del crédito evite el vencimiento de la deuda antes de llegar a una solución con el sistema financiero. Esto porque cuando se solicita una refinanciación las entidades financieras exigen una amortización de un porcentaje del saldo vencido y refinancian a un mayor plazo el crédito, extendiéndose el pago de intereses en un mayor plazo de tiempo que en la reprogramación. Sin embargo, en esta coyuntura, para apoyar a los deudores, las entidades financieras vienen flexibilizando estos requerimientos dado que en algunos casos disminuyen o no exigen un porcentaje de amortización del saldo vencido.
  3. Deterioro de la calificación crediticia: A diferencia de cuando se solicita una , solicitar una refinanciación afecta la calificación de la persona o empresa beneficiada con esta facilidad de pago. Por ejemplo, si la calificación era “Normal” antes de la , una vez otorgada esta facilidad de pago pasará a ser “Con Problemas Potenciales”. Asimismo, mientras más se retrase el pago del crédito, más se verá deteriorada la calificación crediticia del deudor.
  4. Porcentaje de provisión: Cuando una entidad del sistema financiero otorga una reprogramación de deuda, el porcentaje de provisión no varía, se mantiene en un 1% de la cartera total, con carácter precautorio. Sin embargo, en el caso de la refinanciación, la entidad financiera provisiona el 25% del total del saldo del crédito.

“Lo más indicado cuando una persona o negocio se percate que no es capaz de pagar un crédito es que solicite una reprogramación de deuda a su entidad financiera. Si, en un caso extremo, vence este crédito y la persona se encuentra en la necesidad de tener que refinanciar, debe de hacerlo lo antes posible. Tanto en el caso de la reprogramación como en la refinanciación, mientras más temprano las solicite el deudor, mejor será para él”, puntualizó García.