Las entidades financieras decidirán en qué casos aplicarán la próxima reprogramación y congelamiento de deudas, según el dictamen aprobado anoche por el Congreso.
Así lo confirmó el presidente de la comisión de Economía, Anthony Novoa (Acción Popular).
“No se puede obligar a los bancos a cambiar los contratos, pero a ellos tampoco les convendrá mantener una cartera pesada, por lo que tendrán incentivos para que apliquen los beneficios de reprogramación y congelamiento”, señaló Novoa a Gestión.pe.
Agregó que si la norma se promulga por el Ejecutivo en los próximos días, teniendo en cuenta los plazos de reglamentación e implementación, en alrededor de un mes las personas podrían empezar a solicitar los beneficios de la futura ley.
El dictamen señala que el congelamiento del pago de deudas por 90 días lo podrán solicitar “quienes no hayan podido realizar ningún pago en los últimos tres meses antes de la publicación de la ley”.
Reprogramaciones
En el caso de la reprogramación de deudas, se crea el ‘programa de garantías COVID-19’, a cargo del Gobierno Nacional, por la suma de S/ 5,500 millones.
Para los créditos de consumo y personales, el programa de garantías aplicará para quienes tengan deudas al 31 de agosto no mayores a S/ 10,000.
Para los créditos hipotecarios, el monto de origen no debe ser mayor a S/ 250,000.
En el caso de los créditos vehiculares, el monto de origen debe ser no mayor a los S/ 50,000.
También se beneficiarán de la reprogramación las mypes que tengan un préstamo no mayor a S/ 20,000.
En la reprogramación, las entidades financieras deberán reducir la tasa de interés en hasta 25%, según la tasa de interés que paga el solicitante (ver cuadro).
Como puede observarse en el cuadro -tomado del dictamen aprobado- incluso se da la posibilidad de que en lugar de rebajar la tasa de interés, la entidad financiera condone algunas cuotas de pago.
La reprogramación se dará por un mínimo de 6 meses y un máximo de 36 meses.
Para tener más detalles sobre la norma aprobada anoche por el Congreso puede hacer click en el siguiente enlace:
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