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| Desde el lunes 19 de febrero está disponible el Formulario Virtual N° 705 – Renta Anual 2017 que pueden usan las personas naturales para la  (IR) que hayan retenido las empresas donde trabajan, explicó el tributarista José Verona.

Detalló que con este formulario, detalló, todas las personas naturales pueden solicitar la devolución del retenido si previamente efectúa su declaración y determinación del impuesto a la renta de trabajo y hace las nuevas deducciones de hasta S/12,150 (3 UIT).

¿Qué se debe tomar en cuenta al momento de pedir la ?

1. Intereses de compra de primera vivienda: En caso de intereses hipotecarios, de no figurar en la consulta de gastos deducibles, estos pueden ser ingresados manualmente a través del formulario, debiendo tener la información del número del crédito y las fechas de los pagos.

2. Recibos de profesionales electrónicos y bancarizados: En el caso de recibo de honorarios se debe verificar que el emisor tenga en su RUC la profesión que ejerce, pues el formulario valida este dato para la devolución. Ya que son solo 12 profesiones las que son deducibles.

3. Recibos de médicos y dentistas: Todo gasto médico de toda especialidad, que se haya realizado con recibo por honorarios es deducible y generará la devolución del Impuesto a la Renta, no es requisito estar casado, tan solo con tener partida de nacimiento es deducible.

4. Para deducir recibos por honorarios: El formulario 795 en medios de pago para los honorarios profesionales por defecto ha considerado 12 tipos, entre ellos "efectivo", sin embargo la regla general es que el pago debe ser bancarizado por cualquier monto, salvo que en la zona donde domicilie el profesional y preste el servicio no exista ninguna entidad financiera, conforme el segundo párrafo del artículo 6 del TUO del D.Leg. 939 y modificatorias.

5. Alquileres de inmuebles: Si usted vive en un inmueble arrendado, pues debe exigir le entreguen el pago del 5% de Impuesto a la Renta, donde aparezca su DNI como inquilino y automáticamente lo deduce del pago de impuesto y le genera devolución, este aparece automáticamente en el Formulario 705.

Verona mencionó que desde el 19 de febrero del 2018, los contribuyentes pueden solicitar la devolución del Impuesto a la Renta con los siguientes pasos:

- Ingresa a www.sunat.gob.pe
- Ingresa tu clave SOL: Ruc, Usuario y Password
- Ingresa al Formulario Virtual 705
- Descargar, revisar, completar y presentar tu “Declaración Jurada Anual Persona Natural 2017”
- Producto de ella si te sale la opción “Dinero a devolverte”, lo solicitas haciendo clic.