Sunat
Sunat

El pasado lunes, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria () modificó el (RCP), con la finalidad de establecer una serie de disposiciones que entrarán en vigencia el 2 de julio.

Carla Peirano, asociada principal del Estudio Echecopar, indicó que la modificación se centra en la impresión de comprobantes físicos, ya que el RCP es una norma de hace casi 20 años y que fue pensada para comprobantes físicos y trámites presenciales.

“Sus disposiciones (del RCP) han venido siendo modificadas para adaptarlas a las nuevas tecnologías con que cuentan, tanto Sunat como los contribuyentes”, explicó a Gestion.pe.

De este modo, manifestó que la reciente resolución de la Sunat adapta el procedimiento para solicitar la autorización de impresión de comprobantes de pago (físicos), con la finalidad de volverlo netamente electrónico.

“Ya no se requiere, por tanto, realizar un trámite presencial; sino que el contribuyente va a solicitar y recibir la autorización, a través de su buzón accesible mediante la Clave SOL”, dijo.

Indicó que esta medida va en línea con la modificación del Código Tributario para obligar a todos los contribuyentes a contar con un buzón electrónico, usuario y Clave SOL.

“Esto va a facilitar también la función fiscalizadora de la Sunat, dotarla de facultades para que inicie y lleve a cabo procedimientos de fiscalización y notificación de actos por medios electrónicos”, comentó.

Si bien esto ha sido aplicado en empresas de gran envergadura (PRICOS o Principales Contribuyentes esencialmente), Peirano refirió que la Sunat quiere lograr incorporar también a los negocios medianos y pequeños, los cuales siguen emitiendo facturas físicas y no cuentan con la mencionada Clave SOL.

“Ahora estos negocios van a tener que obtener dicha clave y comunicar a Sunat sus teléfonos y correos electrónicos (los cuales serán validados mediante un código). Sin ello, no podrán seguir emitiendo comprobantes físicos”, precisó.

Asimismo, manifestó que a los negocios pequeños se les va a verificar que hayan presentados sus declaraciones juradas y los registros de compras y ventas, si estuvieren obligados a llevarlos de manera electrónica. “Las imprentas, por su parte, aceptarán los trabajos también por el procedimiento electrónico”, acotó.

Contra la informalidad y la evasión

Por su parte, Carlos Arenas, abogado tributarista de Perucontable, puntualizó que la modificación del RCP permitirá que la Sunat tenga un mayor control para el efecto de realizar operaciones no reales, las cuales traen consigo el problema de reparos tributarios.

“Por otro lado, permitirá el no recaer en defraudación tributaria que significa ir a prisión, así como prevenir delitos tributarios como operaciones no reales”, agregó.

Según el especialista, a partir de la vigencia de la modificación se tendrá un mejor control sobre la veracidad y autenticidad de los comprobantes de pago, pues será el mismo contribuyente quien la solicite a través de su Clave Sol.

“La Sunat, al corroborar la veracidad y cumplimiento de los requisitos formales exigidos, depositará la solicitud en el buzón de Clave Sol de la imprenta autorizada elegida por el mismo contribuyente, quien tendrá un plazo de cinco días hábiles para realizar la impresión”, refirió.

Con este nuevo tratamiento, señaló Arenas, se podrá tener un mejor control en la emisión de facturas, entre otros documentos, que son utilizadas de manera inescrupulosa para la realización de acciones evasivas que constituyen operaciones no reales, teniendo consecuencias administrivas y penales.

“Administrativamente, el contribuyente que utilizó, muchas veces por acción de sus asesores, facturas falsas sufrirá el reparo tributario siendo obligado a pagar el impuesto dejado de pagar, actualizado con intereses moratorios de 1.2% mensual, así como una multa por declarar de cifras o datos falsos que asciende al 50% del tributo omitido”, advirtió a Gestion.pe.

Penalmente, el contribuyente podría configurar el delito de defraudación tributaria, si puede probarse el dolo en la comisión de esta modalidad.

“Cómo podemos apreciar, este cambio puede resultar muy interesante para combatir la informalidad y . Esperemos que alternativas como esta vayan acompañadas de un plan programático en educación tributaria”, enfatizó.