Factura electrónica: cambios y recomendaciones para el 2018

De acuerdo al plan de masificación de , más de 90 000 son las empresas obligadas a emitir durante este año.

Es así que todas las empresas consideradas como Principales Contribuyentes (PRICOS), así como las designadas agentes de retención y percepción del IGV, están obligadas a emitir .

Un segundo grupo en mayo que incluye a 11,573 obligados; luego otros 13,800 en agosto y, por último, 54,703 a fines de este año. Además, todas las empresas que facturen más de S/ 622,500 anuales, lo que equivale a 150 unidades impositivas tributarias (UIT) deberán convertirse en emisores electrónicos.

Para las empresas receptoras, se ha vuelto necesario saber si sus proveedores están designados como emisores electrónicos por la , ya que, si reciben un comprobante físico de los mismos, dentro de la fecha desde la que rige su obligatoriedad, éstos no tendrán validez tributaria.

ya puso a disposición de los contribuyentes una herramienta para verificar la lista completa de emisores electrónicos: https://obligados-cpe.sunat.gob.pe/

En el Perú, actualmente se emiten 2,471,665,550 y existen un total de 74.242 . Para conocer las recomendaciones para el 2018, vea el vídeo al inicio de la nota.

“Nos estamos convirtiendo en un Perú digital y esperamos que, para finales de este año, todos los comprobantes de pago sean electrónicos. Lograremos dejar atrás los documentos físicos y podremos agilizar los procesos, reducir gastos, optimizar procesos y cuidar el ambiente”, aseguró Renzo Alcántara, gerente general de TCI - Transporte Confidencial de Información, empresa peruana autorizada como Operador de Servicios Electrónicos y Proveedor de Servicios Electrónicos (PSE) por la Sunat.

¿Cuáles son los cambios?

1. Las empresas que reciben la calidad de emisores electrónicos por elección en el Sistema de Emisión Electrónica (SEE) podrán emitir comprobantes físicos por un plazo de cinco meses contados desde el primer día calendario del mes siguiente de adquirida dicha calidad. Luego, el usuario deberá emitir obligatoriamente comprobantes electrónicos.

2. Los sujetos del nuevo RUS (Creado por Decreto Legislativo Nº 937) podrán emitir boletas electrónicas y sus notas asociadas y guías de remisión en el SEE-SOL, en el SEE-Del contribuyente, en el SEE-SFS y en el SEE-Operador de Servicios Electrónicos. Estos sistemas pueden ser utilizados por los sujetos que realizan operaciones en la Zona Comercial de Tacna para emitir comprobantes de pago y documentos relacionados a estos.

3. Se amplía el plazo del uso obligatorio del código QR en la representación impresa de los comprobantes electrónicos hasta el 1ro de enero del 2019. Asimismo, la venta itinerante deberá ser electrónica para la misma fecha.

4. Se realiza la implementación del Programa de envió de información (PEI) y la incorporación de la versión 2.1 del UBL del 1ro de enero al 1ro de julio del 2018.

5. Los Operadores de Servicios Electrónicos deben cumplir con efectuar el proceso de pruebas respecto de los documentos o requisitos que se incorporen en el SEE con posterioridad a su inscripción en el Registro de Operadores de Servicios Electrónicos para asegurar la calidad de la comprobación material de los comprobantes electrónicos.