Cooperativas
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Como parte de las facultades legislativas que solicita el Ejecutiva al Congreso, se plantea la posibilidad de sujetar a las a la supervisión de la (SBS), ante la carencia de acciones de supervisión y control.

En el documento, remitido al presidente del Congreso, se detalla que existe un “vacío legal” en las supervisión de las operaciones las dado que la Federación Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito (Fenacrep) no está facultada para ejercer acciones de supervisión y sanción.

Advierte que tampoco lo podrían hacer dado que el Tribunal Constitucional (TC) ha señalado que dicha facultad le corresponde a la .

BENEFICIOS
El Ejecutivo advierte que la ausencia de supervisión no permite que los socios depositantes de las gocen de beneficios como un fondo de seguro cooperativo para que respalden sus aportes, de la protección del secreto bancario, del registro de información en la central de riesgo, ni la supervisión de la idoneidad de los funcionarios a cargos de las cooperativas.

A lo que se suma, la solvencia de su capital y patrimonio, entre otras medidas, para garantizar que cumplan con sus obligaciones.

En el Perú, más de 1.3 millones de personas (6 millones de hogares) ahorran en las cooperativas, un monto que supera los S/. 5,000 millones.