Sunat
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Para acceder a la devolución del Impuesto a la Renta (IR) pagado en el 2018, desde este lunes 18 de febrero los trabajadores con rentas de 4ta categoría y un grupo de trabajadores con rentas de 5ta categoría deberán presentar su Declaración Anual de IR y solicitud de devolución en caso de deducción adicional por haber realizado ciertos gastos.

La resolución de la N°015-2019, emitida hace unos días, establece que esta obligación regirá para todos los trabajadores con rentas de 4ta categoría, tal como ha sucedido en años anteriores.

Y en el caso de los trabajadores con rentas de 5ta categoría, deberán hacer este trámite quienes apliquen a la devolución por haber realizado el pago de intereses en un crédito hipotecario distinto a los otorgados por el Fondo Mivivienda.

Además, quienes tengan deducción por arrendamiento de un inmueble.

Y también en los casos en que se realice una atribución (reparto) de los gastos a deducir a un cónyugue o concubino, tanto por arrendamiento como por intereses de créditos hipotecarios (en el caso de atribuciones, también se incluyen los créditos del Fondo Mivivienda).

El Formulario Virtual N° 707 – Renta Anual 2018 – Persona Natural para la declaración y solicitud de devolución estará disponibles en a partir del 18 de febrero.

Una vez realizado el trámite, tendrá un plazo de 45 días hábiles para atender la solicitud (ver cuadro elaborado por Sunat).

Al respecto, el abogado tributarista Jorge Picón refirió que mientras el contribuyente no realice esta declaración y solicitud, no podrá acceder a la .

“La persona va a tener que revisar bien este formulario, pues si lo hace mal, retrasará su devolución”, advirtió.

devolución de impuestos
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Devolución automática
Los trabajadores con rentas de 5ta categoría que tendrán (es decir, sin necesidad de presentar la declaración anual de IR ni solicitud) serán los que tienen créditos hipotecarios del Fondo Mivivienda.

Cabe recordar que solo hasta el IR del 2018 aplicaría la deducción por intereses pagados en un crédito hipotecario, ya que este beneficio fue derogado por el Gobierno y ya no regirá para el IR del 2019.

Asimismo, tendrán devolución automática los trabajadores con rentas de 5ta que hayan realizado gastos por honorarios profesionales de médicos y odontólogos por servicios de renta de cuarta categoría.

También en el caso de las aportaciones a EsSalud por la contratación de un trabajador del hogar.

Y finalmente, en el caso del pago de servicios de profesiones y oficios vías rentas de cuarta categoría (recibos por honorarios). Para conocer la lista de profesiones u oficios cuyos pagos servirán para aplicar la deducción puede .

Para todos los casos de devolución automática de impuestos, la Sunat informó que el pago se realizará en el mes de abril.