Sunat
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El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) emitió el decreto Nº 085-2018-EF, en el marco de la implementación de la a trabajadores con rentas de cuarta y/o quinta.

La norma establece tres modalidades para realizar los pagos.

La primera modalidad es a través del abono en una cuenta bancaria del trabajador. No obstante, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria () en la últimas semanas ha venido advirtiendo que muchos empleadores no han cumplido con reportar esta información.

Por ello, la norma emitida señala que la  solo esperará hasta este 7 de mayo para recibir la información de los números de cuenta de los trabajadores.

Una vez transcurrido ese plazo, se habilitarán las otras dos modalidades de devolución automática: Orden de Pago del Sistema Financiero (OPF) a través del Banco de la Nación, para lo cual la persona deberá acudir a una de sus agencias con su DNI.

Y si la persona cuenta con un documento de identidad distinto al DNI, podrá realizar el cobro a través de un cheque no negociable, también en el Banco de la Nación.

Al respecto, Claudia Castañeda, Senior Manager de Tax & Legal de PwC Perú, estimó que la se realizará a más tardar hasta el 14 de mayo, fecha en que se vence el plazo de 30 días hábiles para realizar este pago, contado desde el 1ro de abril.

No obstante, para el tributarista José Verona, la se podría prolongar algunos días más. “Quizá el tiempo no les alcance para cumplir con el plazo”, anotó.

Cabe anotar que la ha asegurado que este mes se realizarán el 100% de las devoluciones automáticas.

Castañeda recomendó a los trabajadores revisar los medios proporcionados por Sunat para saber si ya está listo el pago de la devolución.

“Los que tienen correo con clave SOL, deben revisar una posible notificación. Y lo que no tienen ese correo o no les llega ninguna comunicación, en la web de la Sunat también se elaborará un padrón con las personas que ya podrían ir a recoger el pago en el Banco de la Nación”, indicó.

Devolución a solicitud
Por otro lado, en el caso de las solicitadas a pedido del trabajador y que tenían un plazo de 45 días para se concretadas, en los últimos días ya se ha reportado el inicio de los pagos de parte de la Sunat.

Y en los casos en que se superó el plazo fijado, la devolución se viene realizando con el respectivo pago adicional de intereses.