(Foto: Difusión)
(Foto: Difusión)

El fin de semana el Poder Judicial promulgó hoy el reglamento de la Ley que crea el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam), que incluirá a los padres que incumplan con el pago de tres cuotas sucesivas o alternadas de sus .

Así, se precisan algunas obligaciones contempladas en la ley como el que todo trabajador público debe informar si está inscrito en ese registro; y si lo está, cancelar su deuda o autorizar que la descuenten por planilla, precisó el abogado laboralista César Puntriano.

"En el sector privado las empresas deben informar a su personal y postulantes sobre la importancia del cumplimiento de la deuda. Esta es una nueva obligación", comentó.

Reporte en centrales de riesgo
Un dato relevante es que el responsable del Redam debe proporcionar mensualmente a la SBS la lista actualizada de los Deudores Alimentarios Morosos, a efectos que se registre la deuda alimentaria en la central de riesgos de dicha institución; "y proporcionar además la lista a las centrales privadas con las que el Poder Judicial mantenga convenio vigente".

De otro lado, a pedido del Órgano de Gobierno del PJ, el Ministerio de Trabajo -en un plazo de cinco días hábiles- remitirá la información de la planilla electrónica que resulte pertinente, en relación a los contratos laborales vigentes de las personas inscritas en el Redam, con la finalidad de comunicar a los Juzgados correspondientes, en el término de la distancia, para que procedan conforme a sus atribuciones.

Cabe señalar que si bien el deudor alimentario moroso puede postular y acceder al servicio civil, o ser designado funcionario público o directivo de confianza, o contratar con el Estado, se requiere que previo a la suscripción del contrato o a la expedición de la resolución de designación correspondiente, acredite el cambio de su condición a través de la cancelación respectiva o autorice el descuento por planilla, o por otro medio de pago, del monto de la pensión mensual fijada en el proceso de alimentos.

Según la norma se establece que quienes suscriban un contrato con el Estado, sea cual fuera la modalidad contractual sea laboral o civil, deben firmar una declaración jurada en la que se señale si se encuentran o no inscritos en el Redam.

Sector privado
La Ley dispone que en el sector privado, la autorización del descuento por planilla o por otro medio de pago del monto de la pensión mensual fijada en el proceso de alimentos se establezca de común acuerdo entre el empleador y el trabajador o la persona postulante, debiendo la oficina de recursos humanos o la que cumpla dichas funciones, informar al Redam de la autorización de descuento, dentro del plazo de tres días hábiles.

"La normativa requiere a las oficinas de recursos humanos de las empresas que verifiquen si su personal se encuentra inscrito en el Redam y que promuevan la suscripción de autorizaciones de descuento por parte de dichos trabajadores con la finalidad de cumplir con su deuda", indicó Puntriano.

Asimismo resaltó que el reglamento contempla una nueva obligación para las empresas, informar a postulantes y trabajadores sobre la importancia de cumplir con obligaciones alimentarias y suscribir autorización indicada.