Redacción Gestión

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Imagina que alquilas una vivienda y te atrasas en los pagos. El arrendador, ante las cuotas impagas, puede tomar dinero de un depósito de garantía que tú mismo hiciste al iniciar el alquiler.

Ante una deuda, se toma un depósito de garantía. Esta situación también se puede aplicar en los bancos. Fernando Arrunátegui, presidente de Sistemas de Relaciones con el cliente de Asbanc, explica cómo funciona la facultad legal de un banco de cobrar una deuda no pagada de su depósito de ahorro.

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