Comprobante electrónico

Desde este año los trabajadores –con rentas de 4ta o 5ta categoría- pueden reducir el pago de sus impuestos si deducen como gasto el 15% de sus consumos en restaurantes, hoteles, bares o cantinas.

La Sunat recordó que la deducción solo será válida si el establecimiento entrega un comprobante de pago electrónico, el cual debe tener el número de DNI o RUC del consumidor.

Una de las primeras dudas surgidas es cómo debe realizarse el registro de estos datos.

Algunos establecimientos, pese a dar comprobantes electrónicos, indican que no pueden ingresar los datos del DNI o RUC.

Al respecto, Cecilia Ayllon, especialista de la , señaló que todo comprobante electrónico sí tiene la posibilidad de ingresar los datos del consumidor, pero muchos establecimientos, por la falta de costumbre, no saben que existe esta opción.

“El establecimiento tendría que decirle a su proveedor de servicios electrónicos que habilite la opción de consignar el DNI de la persona, en la sección de identificación del consumidor”, señaló Ayllón a Gestión.pe.

También agregó que el dato clave a registrar es el número de DNI o RUC. Como información adicional también se puede registrar el nombre de la persona.

“Pero si solo se registra el nombre, sin el número del DNI, no sería válido el comprobante para hacer la deducción”, anotó.

El registro de estos datos se debe realizar en una sección ubicada en la parte superior del comprobante (tal como se aprecia en la imagen al inicio de esta nota).

Algunos establecimientos están registrando los datos en la parte inferior o en la sección observaciones, pero ello tampoco será válido, advirtió la funcionaria.

Para tener más detalles sobre el registro adecuado de los comprobantes de pago electrónico puede observar el video de la entrevista (este tema en específico a partir del minuto -7'.28'')