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CTS: Pasos a seguir para cambiar a una entidad financiera con mejor tasa de interés

Para obtener el mayor rendimiento por el depósito de laCompensación por Tiempo de Servicio (CTS) es esencial buscar, comparar y elegir la entidad financiera que ofrece las mejores tasas de interés.

(Foto: GEC)
(Foto: GEC)
Gianmarco Delgado

gianmarco.delgado@diariogestion.com.pe

Actualizado el 16/05/2019 08:58 a.m.

Las entidades financieras ofrecen tasas hasta de 8% para las cuentas de CTS. Por esta razón, es importante que el trabajador compare los rendimientos que pueden tener sus ahorros en los bancos, cajas y financieras y lo comunique a su empleador.

¿Cuándo puede cambiarse de entidad financiera y cuántas veces lo puede hacer? Según el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), no existe ningún límite de cambios al año, por lo que se pueden realizar los traslados las veces que se considere conveniente.

"Lo mejor es que la abra el colaborador, con las condiciones financieras que él prefiera (entidad financiera, tasa de interés, moneda, beneficios, etc.). La persona abre esta cuenta de ahorros especial indicando el RUC de la empresa, y luego comunica a su empleador el número de cuenta", explica Jorge Carrillo Acosta, docente de Pacífico Business School.

Caso contrario, si el colaborador no informa sobre su número de cuenta CTS o simplemente no posee una, el empleador abrirá la cuenta a nombre del trabajador en la institución financiera que la persona elija.

Existen casos excepcionales en los que la empresa puede pedir a sus colaboradores que ellos mismos abran la cuenta, lo cual es válido dado que la normativa vigente no especifica quién debe abrir la cuenta CTS, según Carrillo.

En ese sentido, explica que si el trabajador solicita el cambio de entidad en una fecha cercana al depósito (primera quincena de mayo o noviembre) tendrá que esperar que el empleador realice el abono de CTS a la cuenta existe y luego se procederá al cambio.

Pasos para el traslado

Realizar el traslado de los fondos de la CTS de una entidad financiera a otra no es algo complicado. De hecho, se puede hacer en cinco pasos. A saber: 

1) Enviar una solicitud de traslado de CTS al empleador. Algunos centros de labores pueden pedir adjuntar una copia legible del DNI.

2) El empleador enviará a la entidad financiera donde se encuentre la CTS una solicitud reiterando el pedido de traslado de la cuenta a donde se desee traspasar (caja rural, caja municipal, financiera, etc.).

3) La entidad depositaria de la CTS, en un plazo no mayor de 15 días hábiles de haber recibido la solicitud del empleador, remitirá una carta orden a la nueva entidad financiera para la apertura de cuenta de CTS en la moneda que se haya indicado en la solicitud. Asimismo, se abonarán los fondos enviados.

4) La entidad financiera a donde se haya hecho el traslado comunicará oportunamente a través de una carta al empleador que la solicitud de traslado fue realizada con éxito.

5) En algunos casos, una vez recibido la comunicación de atención a la solicitud, la entidad financiera pedirá al colaborador acercarse a sus oficinas para la asignación de una tarjeta de débito y/o una tarjeta de coordenadas.

Cabe señalar que en la solicitud se deberá informar obligatoriamente sobre los depósitos y retiros efectuados, así como las retenciones judiciales por alimentos y cualquier otra afectación que conforme a la ley que pudiera existir.

Competencia
En algunas ocasiones, -comenta Carrillo- las entidades que son notificadas de un posible traslado de la cuenta de CTS pueden ofrecer a sus clientes una mayor tasa de interés o tasa personalizada para retenerlos.

"El banco puede ofrecer mejores tasas de interés cuando el cliente tiene montos altos, o cuando cuenta con varios productos financieros con la misma institución (cuenta sueldo, tarjeta de crédito, préstamo hipotecario, seguros, etc.)", refiere el docente.

Así, por ejemplo, si el fondo es superior a los S/ 100,000 se puede conseguir una tasa especial.

Datos
Los trabajadores cuentan con un fondo de seguro de depósitos (FSD) que protege los ahorros y CTS depositados en entidades supervisadas por la SBS (bancos, financieras, cajas municipales y cajas rurales de ahorro y crédito) en caso de cierre o quiebre de la entidad financiera.

El FSD garantiza una devolución a los ahorristas del dinero depositado. El monto máximo de cobertura para el trimestre marzo-mayo del 2019 se ha fijado el monto en S/ 99,949.

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