La Sunafil puede multar hasta con S/ 93,375 a las empresas con más de mil trabajadores que hasta mañana no efectúen el depósito integro de la CTS (Video: Gestión).

Ayer martes 15 de mayo, venció el plazo para el pago de la (CTS). Desde el cálculo del pago, hasta no calcular bien las horas extras, o la gratificación, algunas empresas pueden cometer errores u omisiones al depositar el pago. Esto genera infracciones susceptibles de imposición de multas para la empresa. ¿Qué soluciones pueden haber?

“Uno de los errores es no considerar, dentro del cálculo, a la gratificación. Se debe incorporar ⅙ de la gratificación que se percibió en diciembre. Ahí hay un problema”, mencionó César Puntriano, socio del Estudio Muñiz.

Cabe mencionar que el monto a pagar por la (sea en mayo o noviembre) es de poco más de media remuneración mensual, es decir, se suman: la remuneración mensual + ⅙ de la gratificación anterior. Todo eso, se promedia y resulta el monto a pagar.

En el ejemplo, si un trabajador gana S/ 1,200 mensual, su CTS asciende a S/ 700.

Comisiones

Otro error ocurre a veces con personas que ganan, aparte de su sueldo fijo, un saldo variable: los que ganan comisiones. Aquellos que colocan televisores, que por el Mundial ha crecido las ventas; o aquellos que ganan una comisión por auto vendido, deben saber lo siguiente.

La Ley indica que las comisiones se promedian, porque un error común es que no se promedian y el empleador paga en base a la última comisión registrada.

“Pueden haber habido meses muy buenos y meses muy malos, para la ley se promedian los seis meses. Malos y buenos”, señala .

Infracciones

Otro error es no efectuar el depósito íntegro y en la fecha oportuna. Al no ser realizado en la fecha, este comienza a generar automáticamente intereses, que serán asumidos posteriormente por el empleador. ¿Cuáles son las penas?

“Los empleadores a veces superan ese periodo, ese es un tema de infracción grave. Otros no efectúan el depósito completo. Es una infracción grave”, indicó Felipe Chirinos, Líder del Área Laboral del Estudio ONTIER.

Las infracciones graves alcanzan 1.35 UIT (S/ equivalente a S/ 5,702.5) para las empresas de 5 a 10 trabajadores. Para las empresas de 11 a 25 trabajadores, son multadas con 3.38 UIT, de acuerdo al siguiente cuadro.

Fuente: DECRETO SUPREMO Nº 015-2017-TR.
Fuente: DECRETO SUPREMO Nº 015-2017-TR.

Liquidación de depósito

La entrega del documento llamado Liquidación de depósito semestral - que contiene los cálculos que hizo el empleador para hacer el pago de la CTS - debe ser entregada 5 días después de realizar el depósito semestral.

De no realizarla, se trata de una infracción leve. Para empresas de 1 a 10 trabajadores, se cobran 0.23 UIT, que equivale a S/ 954.5.

Este documento debe contener mínimo la siguiente información:

  • Fecha y número u otra seña otorgada por el depositario que indique que se ha realizado el depósito.
  • Nombre o razón social del empleador y su domicilio.
  • Nombre completo del trabajador.
  • Información detallada de la remuneración computable.
  • Período de servicios que se cancela; y,
  • Nombre completo del representante del empleador que suscribe la liquidación.

Si, el trabajador no encontrare conforme la liquidación efectuada por el empleador, podrá observarla por escrito, debiendo el empleador proceder a su revisión en el plazo máximo de tres (03) días útiles de recibida la observación, comunicando el resultado por escrito al trabajador.

Si aún así, el trabajador no lo encontrare conforme podrá recurrir a la Superintendencia Nacional de Inspección Laboral (Sunafil), dijo Felipe Chirinos.

La Sunafil puede multar hasta con S/ 93,375 a las empresas con más de mil trabajadores que desde hoy no hayan efectuado el depósito integro de la CTS.

El no entregar la Liquidación de CTS, en el plazo y con los requisitos previstos, constituye una infracción leve en materia de relaciones laborales.

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