Lo recomendable es no disponer de los fondos de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), debido a que funciona como un seguro de desempleo. (Foto: El Comercio)
Lo recomendable es no disponer de los fondos de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), debido a que funciona como un seguro de desempleo. (Foto: El Comercio)

Hasta hoy, 15 de mayo, las empresas tienen como plazo para realizar el depósito de (Compensación por Tiempo de Servicio) a favor de sus trabajadores.

Este beneficio laboral permite que los trabajadores tengan un fondo que puedan utilizar en caso dejen de trabajar en la empresa. Por esta razón este monto que se va acumulando no se puede retirar a menos que el trabajador haya acumulado el equivalente a cinco sueldos. Una vez logrado, podrá proceder a retirar el excedente a esas cinco remuneraciones.

Para saber cuánto es lo que recibirá por concepto de , el portal Comparabien explica:

Tome en cuenta su sueldo mensual, luego súmele 1/6 de su gratificación (divida su gratificación entre seis). Ese monto, divídalo entre 360. Y multiplíquelo por los días laborados (para todo el semestre, serían 180).

Por ejemplo:
Sueldo básico neto: 1,500
1/6 gratificación: 250.00

(1,500 + 250.00)/360 = 4.86
4.86 * 180 = S/ 875

Así, para el ejemplo, lo que recibirá de CTS sería S/ 875.

"En algunos casos se le sumarán horas extras, comisiones o los bonos recibidos por el trabajador. Esto dependerá del régimen laboral en el que se encuentres, por lo que lo aconsejable en ese caso es que solicite la información al área de Recursos Humanos", señala el portal.