Redacción Gestión

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La llegada del verano, y las altas temperaturas que trae consigo, impacta en las relaciones laborales al generarse algunas particularidades que cabe comentar, aconsejó el laboralista César Puntriano, Socio de PwC.

Horario de veranoEn muchas empresas. Detalló, se modifica el horario de trabajo para permitir que el personal se retire los días viernes a la 1:00 p.m.

La variación del horario de trabajo es potestad del empleador, recordó, por lo que puede implementar el indicado horario de manera unilateral, bastando para ello una comunicación a los trabajadores involucrados con 8 días de anticipación.

Si un trabajador o trabajadores no están de acuerdo, podrán impugnar la medida ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunfil), pero el empleador puede igual aplicarla, pues la fiscalización es posterior. Es inusual que se impugne esta decisión pues la misma tiene por objetivo beneficiar al personal.

Sin embargo, Puntriano advirtió que no se cambia la jornada semanal (número de horas de trabajo) sino que las horas son redistribuidas de lunes a jueves, debiendo el personal llegar antes del ingreso habitual o retirarse después de la hora de salida en esos días sin que esto suponga trabajo en sobretiempo.

Medidas contra la radiación solarComo los índices de radiación solar se incrementan exponencialmente durante el verano, la legislación contempla algunas medidas que debe adoptar el empleador para reducir los efectos nocivos para la salud ocasionados por la exposición a la radiación solar, detalló Puntriano.

El experto, explicó, que al inicio de la relación laboral debe informar al personal sobre los efectos nocivos para la salud por la exposición prolongada a la radiación solar, entregándoles los elementos de protección idóneos con la debida capacitación para su adecuado uso. Esto en tanto las labores de los trabajadores los expongan a la radiación solar, anotó.

Asimismo, dijo, las actividades de cualquier índole que no se realicen en ambientes protegidos deben efectuarse preferentemente entre las 8:00 y las 10:00 horas o a partir de las 16 horas.

Puntriano sostuvo que si es inevitable que el personal se encuentre expuesto por sus funciones a la radiación solar, se le debe proporcionar accesorios de protección solar como sombreros, gorros, anteojos y bloqueadores, entre otros.

Finalmente, la empresa debe colocar avisos o anuncios en lugares expuestos a la radiación solar en los que se incluya "la exposición prolongada a la radiación solar produce daño a la salud", recomendó.

Uniforme de veranoAlgunas empresas entregan uniformes distinto para el verano, debiendo los trabajadores usarlo en vez del uniforme empleado durante el resto del año, comentó el laboralista.

Este uniforme, agregó, debe ser adecuado con la actividad que realizan los trabajadores y que éstos se encuentran obligados a usarlo.

Otras empresas fijan un "día casual" a la semana que coincide con el viernes (salida anticipada), anotó Puntriano.

Así, durante ese día el personal puede asistir a laborar empleando una vestimenta distinta a la habitual (lunes a jueves) cuyas características son determinadas por la empresa.

En este día los trabajadores pueden no emplear el uniforme de verano si el empleador así lo determina, de lo contrario deberán seguir usándolo.

Cabe precisar, concluyó el experto, que por razones objetivas la vestimenta casual puede ser aplicada para un colectivo diferenciado de trabajadores.