Redacción Gestión

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De acuerdo con la legislación tributaria los gastos de viaje, transporte y viáticos, serán deducibles para el pago del impuesto a la renta siempre que se relacionen directamente con la actividad productora de la renta (busca de proveedores, compra de maquinarias y similares).

La necesidad del viaje debe quedar acreditada con la correspondencia y cualquier otra documentación pertinente, y los gastos de transporte con los pasajes, como una decisión de la junta general de accionistas o el máximo órgano de la empresa.

Los viáticos comprenden los gastos de alojamiento, alimentación y movilidad, los cuales no podrán exceder del doble del monto que, por ese concepto concede el Gobierno Central a sus funcionarios de carrera de mayor jerarquía.

El montoEl Estado para los viajes al exterior de sus funcionarios fijó escalas relacionadas a determinadas zonas geográficas, por lo que para las empresas el límite será el doble de dichos montos de acuerdo al siguiente cuadro:

Condiciones mínimasDe acuerdo a la legislación tributaria, los viáticos por alimentación y movilidad en el exterior podrán sustentarse los documentos emitidos en el exterior de conformidad a las disposiciones legales del país respectivo, siempre que conste en ellos, por lo menos, el nombre, denominación o razón social y el domicilio del transferente o prestador del servicio, la naturaleza u objeto de la operación; y, la fecha y el monto de la misma.

Los gastos de viaje por concepto de viáticos en el exterior deberán sustentarse:i) El alojamiento, con los documentos emitidos en el exterior de conformidad con las condiciones mínimas.

ii) La alimentación y movilidad, con los documentos emitidos en el exterior de acuerdo a las condiciones mínimas, o con una declaración jurada por un monto que no debe exceder del treinta por ciento (30%) del doble del monto que concede el Gobierno Central a sus funcionarios de carrera de mayor jerarquía (ver tabla).

La declaración jurada deberá contener como mínimo la siguiente información:

I. Datos generales de la declaración jurada:a. Nombre o razón social de la empresa o contribuyente.b. Nombres y apellidos de la persona que realiza el viaje al exterior, el cual debe suscribir la declaración.c. Número del documento de identidad de la persona.d. Nombre de la(s) ciudad(es) y país(es) en el(los) cual(es) han sido incurridos.e. Período que comprende la declaración, el cual debe corresponder a la duración total del viaje.f. Fecha de la declaración.

II. Datos específicos de la movilidad:a. Detallar la(s) fecha(s) (día, mes y año) en que se incurrió en el gasto.b. Detallar el monto gastado por día, expresado en nuevos soles.c. Consignar el total de gastos de movilidad.

III. Datos específicos relativos a la alimentación:a. Detallar la(s) fecha(s) (día, mes y año) en que se incurrió en el gasto.b. Detallar el monto gastado por día, expresado en nuevos soles.c. Consignar el total de gastos de alimentación.

IV. Total del gasto por movilidad y alimentación (Suma de los rubros II y III)La falta de alguno de los datos señalados en los rubros II y III sólo inhabilita la sustentación del gasto por movilidad o por alimentación, según corresponda.