(Foto: Anne-Christine Poujoulat / AFP)
(Foto: Anne-Christine Poujoulat / AFP)

La Comisión de Defensa del Consumidor aprobó -con 9 votos a favor y 5 abstenciones- el proyectos de ley que abre la posibilidad de que las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (CMAC) pueden emitir tarjetas de crédito en el sistema financiero, así como otros productos.

Se trata -en concreto- del Proyecto de Ley 078-2021-CR del presidente de esta comisión, José Luna Gálvez, y que modifica el artículo 286 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la SBS.

La aprobación de esta dictamen se realizó sin contar con la opinión técnica de la SBS.

¿Qué propone el PL? que las CMAC que mantengan activos superiores a los 75,000 UIT (S/ 330′000,000) puedan emitir cheques de gerencia, otorgar sobregiros o avances de cuentas corrientes y expedir y administrar tarjetas de crédito y débito sin la autorización previa de la SBS.

En al caso de las CMAC que no cumplan con el requisito previamente establecido, si se requerirá de la autorización de la SBS para llevar adelante las referidas operaciones.

La iniciativa legislativa propuesta, busca lograr mejorar la competitividad de dichas empresas y a la vez, permitirles operar en igualdad de condiciones con la banca tradicional, lo cual también permitirá a las CMAC ofrecer a sus clientes productos competitivos y desarrollados de acuerdo a sus necesidades, como son las cuentas corrientes, los cheques de gerencia, las tarjetas de crédito y a su vez, un incremento en la oferta de productos financieros repercutirá en mayores beneficios para los consumidores”, indica la propuesta legislativa.

Actualmente para que una CMAC pueda emitir cheques de gerencia tiene que contar con la autorización previa de la SBS. Ante ello las CMAC -explica la propuesta legislativa- ya viene operando con órdenes de pago de gerencia con cargo a cuenta de depósito, operación de similar complejidad que los cheques de gerencia.

Respecto a la cuenta corriente, la iniciativa indica que se busca solucionar un obstáculo que tiene el consumidor sobre el pequeño empresario (usuario frecuente de las CMAC), pues si este quiere operar con una cuenta corriente tiene que recurrir necesariamente a la banca tradicional, “sin que exista una razón válida para ello”.

En cuanto a la expedición de tarjetas de crédito, la propuesta del congresista de Podemos dice que las CMAC ya están administrando “de manera óptima” las tarjetas de débito, contando con experiencia en la identificación de operaciones no reconocidas, ya que estas son menores a las registradas en la banca tradicional por lo que “no existiría ninguna razón objetiva” para que también pueda expedir tarjetas de crédito.

Actualmente las CMAC si pueden expedir tarjetas de crédito y débito pero con la autorización previa de la SBS, situación que ha conllevado que 9 de las 11 CMAC en el país ya cuentan con autorización las que requieren de medidas para afrontar los riesgos operacionales y tecnológicos que pueden reflejarse en fraudes debido a suplantación de identidad, robo, donación, uso indebido de información de las tarjetas, entre otros.

Estas medidas -señala la propuesta- también podrían ser adoptadas por las CMAC que cumplan con el requisito contemplado en la iniciativa legal, es decir, aquellas que cuentas con mayores activos.

Cabe recordar que en la legislatura pasada -del año 2020- también se aprobó en la misma comisión, cuando el presidente era José Luna, hijo del parlamentario- se aprobó una iniciativa de similares características. Para esta propuesta la SBS se mostró en contra por tres razones fundamentales:

  • La emisión de tarjetas de crédito expone a las CMAC y a sus clientes a riesgos operacionales como robo, clonación, uso indebido de información de las tarjetas, fraudes por suplantación de identidad, entre otros.
  • También las expone a pérdidas aprovechando la vulnerabilidad en sus sistemas, errores de parametrización, operaciones erradas de consumo por encima de la línea aprobada a sus clientes, entre otros.
  • Igualmente las expone -remarca- a la ocurrencia de pérdidas asociadas a sanciones por no cumplir con requerimientos normativos exigidos como la atención de reclamos y el cumplimiento del reglamento de tarjetas de crédito y débito de la SBS.

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