Redacción Gestión

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Al cargarle al Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) un riesgo ajeno al de su origen como son los actos delictivos, se estaría desnaturalizando y poniendo en grave riesgo su sostenibilidad en el tiempo.

Así opina la Asociación Peruana de Empresas de Seguros (Apeseg), tras señalar que de aprobarse esa propuesta parlamentaria podría retrocederse a los años en los que no existía este seguro, dándose casos de víctimas de accidentes de tránsito que por la falta de una atención médica oportuna podrían perder la vida o quedar discapacitados.

Recuerda que la ley de excluye los accidentes de tránsito ocurridos por causas ajenas a la circulación del vehículo automotor.

Refiere que el importe (prima) que cobran las compañías de seguros debe ser suficiente para afrontar los riesgos que asume, para lo cual estas realizan un análisis de riesgo basado en formulas actuariales, que en el caso particular del SOAT exige tener en cuenta la frecuencia de accidentes multiplicada por la severidad o intensidad de los mismos.

Enfatiza que los actos delictivos contra ocupantes o terceros no ocupantes (como, por ejemplo, homicidios, asaltos a conductores o pasajeros) son eventos no comprendidos dentro de la definición de accidente de tránsito indicada en el Decreto Supremo Nº 024-2002-MTC, y, por lo tanto, no están cubiertos por el SOAT.

SugerenciaApeseg sugiere que ese tipo de eventos podría estar cubierto por otro seguro obligatorio como es el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS) que, al igual que el Sistema Integral de Salud (SIS), debería cubrir los gastos de sepelio hasta una determinada cantidad. El PEAS es el seguro que deben tener todos los peruanos y extranjeros radicados en el Perú desde mayo del 2012.

AseguradorasSeñalan que es erróneo afirmar que el SOAT les reditúa una rentabilidad de 100%, porque al monto que cobran deben restar gastos por siniestros, administración y comercialización, constitución de reservas y aportes al fondo de compensación del SOAT.