Algunas entidades financieras ya empezaron a aplicar parte de la ley Nº 31143, “ley que protege de la usura a los consumidores de los servicios financieros”, la cual fue publicada el pasado 18 de marzo.
Si bien esta ley es más conocida por los topes a las tasas de interés que deberá fijar el Banco Central de Reserva (BCR), también dispone de otras medidas para el mercado financiero.
Así, Caja Piura indicó que tras la publicación de la ley ya están aplicando dos de sus medidas, pues no requieren de reglamentación de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ni del BCR.
“Ya eliminamos la comisión interplaza y también damos los certificados de no adeudo de forma automática, cuando se ha cancelado un crédito”, señaló Milagritos Seminario, Gerente de Productos y Canales de Caja Piura.
La ley Nº 31143 dispone la eliminación de la comisión interplaza: “En los contratos de tarjeta de débito no procede el cobro de la comisión interplaza por retiro de dinero en efectivo a través de un cajero automático del propio banco o en ventanillas de atención en una localidad distinta a la ciudad donde abrió la cuenta bancaria el usuario”, señala.
Sobre los certificados de no adeudo, la ley Nº 31143 dispone: una vez cancelado el crédito, la empresa del sistema financiero entregará en un plazo no mayor a siete días hábiles y de manera automática los certificados de no adeudo, de liberación de prenda vehicular y de garantía hipotecaria según sea el caso, bajo responsabilidad funcional.
La ley también dispone la eliminación del cobro de penalidades en caso de atraso en los pagos de un crédito. Caja Piura señaló que ellos no aplicaban penalidades, por lo que no tuvieron que eliminar ese cobro (en caso de atrasos ellos realizan el cobro de un interés moratorio).
Caja Piura indicó que están a la espera de que el BCR reglamente los topes a las tasas de interés. Según estimó el BCR, ello podría ocurrir entre fines de abril e inicios de mayo.
La ley también dispone que en todo crédito que cuente con un seguro de desgravamen, la entidad financiera debe presentar una alternativa de seguro de desgravamen con devolución, para que el cliente elija entre ambas opciones.
Sobre este punto, Seminario indicó que también están a la espera de la reglamentación que realice la SBS para implementar este producto financiero.
En el caso de los bancos, fuentes de ese sector indicaron que aún están a la espera de la reglamentación o instrucciones de la SBS para adecuarse a la nueva normativa.
También están evaluando los ajustes necesarios a sus sistemas operativos para la correcta aplicación de la ley, agregaron.
Al respecto, Karina Chinguel, Gerente Senior en EY Law y especialista en regulación financiera, subrayó que sí deben tener aplicación inmediata las normas de la ley que no requieren de reglamentación de SBS o BCR.
Refiere que entre las normas de aplicación inmediata se encuentran la eliminación de la comisión interplaza, la entrega automática del certificado de no adeudo y la eliminación de penalidades (sí se permite el cobro de una tasa de interés moratoria).
Asimismo, la nueva ley establece que los límites a las tasas de interés moratorio son los mismas que el BCR fija para las operaciones fuera del sistema financiero, agregó Chinguel.
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