Foto 10 | 100,000 afiliados de AFP en riesgo de no recuperar los aportes atrasados. De las 1,885 entidades de gobiernos regionales y municipales que mantienen deudas de los afiliados con las AFP, solo el 43% reprogramó el pago de estos aportes, acogiéndose a las facilidades que otorgaba el régimen Repro AFP. (Foto:USI)
Foto 10 | 100,000 afiliados de AFP en riesgo de no recuperar los aportes atrasados. De las 1,885 entidades de gobiernos regionales y municipales que mantienen deudas de los afiliados con las AFP, solo el 43% reprogramó el pago de estos aportes, acogiéndose a las facilidades que otorgaba el régimen Repro AFP. (Foto:USI)

Los trabajadores en planilla están obligados a aportar poco más del 10% de su sueldo para su ahorro previsional. Sin embargo, hay entidades públicas, como gobiernos regionales y locales, que pese a realizar el descuento no realizan el abono a las cuentas que tienen sus trabajadores en las .

, presidenta de la Asociación de AFP (AAFP), recordó a las empresas y entidades públicas que no les pertenece el dinero que le retienen a los trabajadores; por lo que no se puede utilizar con otra finalidad.

"Suele ocurrir que algunas entidades públicas no cumplen con el pago a las ; no pagan las obligaciones previsionales que en este caso son el pago de la AFP o la ONP y el pago de EsSalud. Por ello, es muy importante que el trabajador empiece a revisar su estado de cuenta. En el caso de la AFP la información puede llegar por correo electrónico. Si observas que no se hizo el pago oportuno se tiene que poner en contacto con la AFP y conversar con su empleador para conocer lo que está ocurriendo", mencionó.

¿Qué pasa si la empresa no efectúa el pago? En el caso de la AFP apenas se observa que una deuda no ha sido pagada en su oportunidad se activa un sistema de cobranza administrativa que tiene como plazo seis meses seguidos - requiriendo el pago de ese empleador -,  después de eso se activa la cobranza judicial.

"Se le cobrará al empleador el dinero que le fue retenido al trabajador y que no fue aportado en su Cuenta Individual de Capitalización en la AFP, incluyendo la rentabilidad que hubiese ganado, y la tasa de interés compensatoria", detalló Prialé.

Por el lado del sector privado, las deudas al sistema previsional son menores. Y es que, según explicó, se crea una deuda irreal debido a que las empresas dan de baja a sus trabajadores y lo reportan en el sistema del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) pero este no reporta a las AFP.

"Nosotros hace meses que le pedimos al MTPE que nos permita cotejar las bases de datos para que de esa manera el trabajador cuando deja de laborar en una empresa se actualice en la base de datos de AFP y no se cree la deuda presunta. Que en este caso sería una deuda irreal porque el trabajador ya no está en la empresa privada", comentó.

REPRO
No obstante, en las entidades públicas, a través del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), se logró 'barrer la base de datos de las deudas de los gobiernos regionales y locales', que dio como inicio el REPRO (Régimen de Reprogramación de Aportes al Fondo de Pensiones), para que los subgobiernos puedan pagar el dinero que le retuvieron a sus trabajadores.

"La deuda acogida al REPRO, que representa 254 mil personas de 300 mil trabajadores perjudicados y que se podrá pagar en 120 meses, asciende a S/ 1,500 millones; este monto es menor para los que se acogieron al régimen. Para que las empresas puedan tener derecho a este acogimiento tenían que cumplir con el pago de tres cuotas (enero, febrero y marzo) pero tenemos que en la primera cuota que venció en enero, y se tuvo que pagar en febrero, el 32% de las entidades acogidas no han cumplido con pagar perjudicado a 100 mil trabajadores", detalló.

En tanto, al 7 de marzo, se tiene que un 48% de las entidades (regiones y municipio) acogidas no ha cumplido con pagar la segunda cuota. Con los que se afecta a 150 mil afiliados.

"En todos estos casos los procesos judiciales ya están en marcha por cada mes que no se le ha pagado a las empresas. El REPRO se hizo para reducir el nivel de la deuda, porque solo se han considerado los aportes pasados más la rentabilidad ganada, pero pese a ello no cumplen con los pagos", lamentó.

De con la norma del REPRO, si las entidades no pagan por tres meses la deuda previsional salen el régimen y se inicia un nuevo proceso. No obstante, la nueva deuda previsional que se considerará fue la que se señalaba en el REPRO (deuda reducida) mas no en la deuda total.

"Si las unidades ejecutoras salen del REPRO, la AFP va a activar la acción de cobranza judicial por las cuotas pactadas. Cuando la AFP detecta que un empleador no ha pagado al fondo del trabajador se inicia una cobranza administrativa que toma máximo seis meses; y si posterior a ello, el empleador no regulariza el pago, se inicia un proceso de cobranza judicial. Este último toma un tiempo y dependerá de cada juzgado", advierte Prialé.

En ese sentido, aseguró que seguirán insistiendo en el pago de la deuda previsional. "Si la unidad sigue sin pagar su obligación en febrero o marzo, lo que ocurrirá es que haya menos dinero en su fondo de los trabajadores que quieran jubilarse. Y si no tiene cuatro meses de aporte en un lapso de ocho meses y si se invalida no tendrá cobertura de seguro de invalidez y sobreviviencia", concluyó.