Redacción Gestión

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Hasta hace poco era un tema del que nadie hablaba, o del que nadie quería saber. Pero desde que Facebook sacó a relucir la polémica con la incorporación de su nueva función "Contacto de legado" que permite cederle a otro usuario el permiso de administrar la cuenta de una persona fallecida, el tema esta en boca de todos.

Pero, ¿qué sucede con las cuentas en las demás redes sociales? Resulta que se trata de un proceso para nada sencillo, tanto en el caso de Twitter como el de Instagram; ambas exigen atravesar un largo procedimiento legal que se resume en demostrar la identidad del difunto y que realmente ha fallecido. Al igual que Facebook, ambas permiten mantener activo el perfil a modo de homenaje.

Twitter expone detalladamente en su página web de soporte todos los datos necesarios para confirmar el fallecimiento de un usuario, entre los cuales se destacan: una copia del certificado de defunción, una copia del documento de identidad y una declaración firmada por un familiar o representante. Toda esta documentación debe ser enviada vía correo tradicional a sus oficinas en California, Estados Unidos.

Por su parte, Instagram exige pasar por un proceso similar, aunque el mismo puede llevarse acabo directamente vía online en la web de soporte oficial.

En 2013, Google lanzó una nueva función para decidir qué hacer con los servicios como Gmail, YouTube o Picasa al morir.

"Esperamos que esta nueva función permita preparar la vida digital tras la muerte de una forma que proteja la vida privada y su seguridad", informó la empresa en un comunicado al presentar la función "gestión de cuenta inactiva".

Esta le pide al usuario que elija cuándo destruir sus datos tras tres, seis o 12 meses de inactividad, o que seleccione un contacto de confianza para que reciba los datos.

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