Redacción Gestión

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En la ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, publicada hace poco, se agregaron nuevos derechos a los trabajadores que sufren , como prohibir su despido, entre otros.

Es así que el trabajador en esta situación mantendrá su puesto de trabajo con una denuncia policial por violencia familiar contra su cónyuge, conviviente o agresor miembro de su familia.

De acuerdo a la norma publicada, la se define como cualquier acción o conducta que cause la muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o sicológico a una persona por parte de un integrante del grupo familiar.

Las empresas no podrán despedir al trabajador por causas derivadas de temas relacionados con . Ello resulta un concepto bastante amplio.No se podrá despedir al trabajador por deficiencias en su capacidad o rendimiento si ello se relaciona a la violencia familiar que sufre y que ha sido acreditada.

En estos casos, el trabajador tiene expedito un nuevo camino para obtener su reposición, con la denuncia de violencia familiar que realice en la comisaría.

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Otros derechosAdicionalmente, un trabajador o trabajadora que sufre tendrá una justificación para llegar tarde o faltar cinco días dentro de un plazo de 30 días o de hasta cinco días en un semestre, de acuerdo a esta ley.También tendrá, a simple solicitud, derecho al traslado a otra sede de la empresa o a que se le cambie el horario de trabajo, en tanto sea posible, y sin menoscabo de su pago o cargo que ocupe en la empresa.

Finalmente, estos trabajadores también podrán solicitar vía judicial que la empresa les otorgue una licencia sin goce de remuneraciones de hasta cinco meses, debiendo reincorporarse en las mismas condiciones que tenía a su salida. El reglamento de esta ley cuenta con un plazo fijado de 90 días, que vence en febrero del próximo año.