Redacción Gestión

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(AFP) La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) al Estado colombiano por haber incurrido en una discriminación, al negar el disfrute de una pensión al sobreviviente de una pareja homosexual, informó el tribunal con sede en San José (Costa Rica).

Por cuatro votos contra dos, la Corte IDH determinó que el Estado de Colombia "violó el derecho a la igualdad ante la ley y a la no discriminación" de un hombre de apellido Duque, quien reclamó la continuidad de la pensión de su compañero, fallecido en el 2001.

En ese momento, la ley colombiana solo reconocía el derecho a la continuidad de las pensiones en favor del hombre o la mujer integrantes de una unión marital heterosexual de hecho.

En el 2008, una sentencia de "la Corte Constitucional reconoció que la regulación sobre la unión marital de hecho aplicaba también para las parejas del mismo sexo" y, posteriormente, determinó también que estaban cubiertas por el sistema de seguridad social en salud del régimen contributivo.

Durante el trámite del proceso, el Estado colombiano reconoció que antes del 2008 se dio un "hecho ilícito internacional continuado", el cual ya había sido reparado por la mencionada sentencia de la Corte Constitucional.

Sin embargo, la Corte condenó a Colombia por la discriminación que sufrió Duque antes de dicho fallo y le ordenó tomar una serie de medidas de reparación como garantizarle el trámite de una pensión vitalicia, el pago de daño inmaterial y el reintegro de costos y gastos, así como la publicación de la sentencia.

La Corte recordó que "ninguna norma, decisión o práctica de derecho interno, sea por parte de autoridades estatales o por particulares, puede disminuir o restringir, de modo alguno, los derechos de una persona a partir de su orientación sexual".