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Las exportaciones no están gravadas con IGV, pues se tributa en país de destino y no en país de origen, es decir el país que importa los bienes. Eso se encuentra explicado en el artículo 1 del IGV, señala Francisco Pantigoso, profesor de la Universidad del Pacífico.

"En principio, la exportación de servicios tiene que generar ciertas condiciones para que no se grave esa prestación. Tiene que ser onerosa y el exportador tiene que ser una persona domiciliada. Además, el usuario del servicio tiene que ser una persona no domiciliada.”, comentó Pantigoso.

Estos y otros detalles relacionados con el tema “Exportaciones e IGV” son abordados por el catedrático de la UP: