Consultorio Tributario: el TC y los intereses moratorios.
Consultorio Tributario: el TC y los intereses moratorios.

El TC ha dictaminado en reciente Resolución de Pleno N° 998/2020 en la que indica que los intereses moratorios no deben correr en contra de los administrados pasados los 12 meses que tiene el Tribunal Fiscal para resolver.

Se entendería que esta lógica también debería aplicarse a los intereses que se acumulan en la instancia de la SUNAT (quien tiene a su vez 9 meses para dictaminar). Esto se relaciona al principio de razonabilidad y a la justicia que deben tener los cobros de un componente (interés) que solo pretende compensar al acreedor tributario por la demora en el pago y que no debería ser confiscatorio.

Escuchemos este nuevo podcast del Dr. Francisco Pantigoso Velloso da Silveira, catedrático de las Universidades Pacífico y UPC, y tengamos en cuenta este parecer relevante del TC que le hace mucho bien a la justicia tributaria y a los administrados.