Consultorio Tributario
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A través del Decreto Legislativo 1481 se han dictado modificaciones al arrastre de las pérdidas bajo el sistema A) del artículo 50° de la Ley del IR.

En efecto, estas pérdidas se aplicarán por cinco años y no cuatro. Estos detalles son explicados por el Dr. Francisco Pantigoso Velloso da Silveira, catedrático de la Universidad del Pacífico y de la UPC, quien puntualiza los principales aspectos a tener en cuenta para un correcto arrastre, en donde este Decreto Legislativo se constituye en un beneficio real para muchas empresas ante la actual coyuntura económica.

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