Familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad tienen hasta el 29 de octubre para pagar las deudas tributarias de los fallecidos. (Municipalidad de Lima)
Familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad tienen hasta el 29 de octubre para pagar las deudas tributarias de los fallecidos. (Municipalidad de Lima)

Los predios de las personas fallecidas que se ubiquen en el Cercado de Lima pasarán a la Sociedad de Beneficencia de Lima si los hijos, cónyuges y demás familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, no cumplan con pagar sus deudas tributarias (por impuesto predial y arbitrios). Así lo informó la Municipalidad de Lima, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

De acuerdo a la entidad recaudadora, actualmente se registran 129 personas fallecidas que mantienen predios (galerías comerciales, viviendas o terrenos) a su nombre, sin haber dejado herederos legales que se hagan responsables del pago de dicha deuda.

Asimismo, el SAT detalló que los predios, cuyas deudas tributarias van desde los S/ 1,999 hasta los S/ 888,677, se ubican en diferentes calles del Cercado de Lima como jr. Andahuaylas, jr. Carabaya, jr. Azángaro, av. Miguel Grau, av. Nicolás de Piérola, jr. Lampa, av. Tacna, jr. Huallaga, jr. Callao, jr. Huancavelica, av. Emancipación, av. Colonial, entre otras.

Informaron a familiares

Ante esta situación, el SAT envió cartas a las direcciones consignadas, a fin de que los familiares declaren el porcentaje de participación que les compete del predio en cuestión, con un documento que lo acredite a fin de que se determine el monto de deuda correspondiente a pagar. El plazo a vencer para realizar estos trámites es hasta el próximo 29 de octubre.

De no hacerlo, la Sociedad de Beneficencia de Lima se adjudicará los bienes, en aplicación al artículo 830° del Código Procesal Civil.