“Estamos distorsionando el modelo. En mi opinión, queda claro que es inconstitucional, no puede ser retroactiva, y que la última palabra la dará el Tribunal Constitucional, pero requiere cinco votos”, dijo Samuel Abad (Foto: Andina / Video: RPP).

El abogado constitucionalista que la interpretación del reglamento del Congreso, con respecto a los procedimientos de censura y confianza, es similar a la “interpretación auténtica” que se planteó por la segunda reelección de en la década de los 90.

Señaló que el cambio de reglamento pretende desconocer la negativa de confianza de como la primera negativa, y eventualmente el nuevo Gabinete recién sea el primero. Esto tampoco sería posible porque las leyes no son retroactivas.

“Es decir, una interpretación similar a lo que hace años se planteó respecto a la reelección presidencial, y esta lectura de una interpretación auténtica donde la primera reelección no existía, sino recién la segunda”, señaló el abogado en RPP Noticias.

“Estamos distorsionando el modelo. En mi opinión, queda claro que es inconstitucional, no puede ser retroactiva, y que la última palabra la dará el Tribunal Constitucional, pero requiere cinco votos”, añadió Abad.

advirtió de un choque de poderes entre el Legislativo y el Ejecutivo si persisten ambas posiciones.

“Si se lleva a cabo una segunda negativa de confianza, se va a generar un conflicto de poderes. El Ejecutivo va a alegar que es la segunda negativa y el Legislativo dirá que no es así. Llegaremos a una situación de inestabilidad que no es la que se necesita, hoy requerimos estabilidad y este tipo de reglamentos no contribuyen en absoluto a ello”, indicó.

Inconstitucional
Señaló que la modificación al Reglamento del Congreso tiene “indicios de inconstitucionalidad”, debido a que pretende desarrollar las funciones que le corresponden al Ejecutivo, lo que no es su atribución.

“Está estableciendo requisitos que la Constitución no exige, establece cuando cabe la atribución presidencial de disolver el Congreso. Un reglamento del Congreso, en el cual no tiene ninguna intervención el Ejecutivo, le está modificando atribuciones al poder Ejecutivo. Eso no se puede hacer, porque asume un rol que no le corresponde”, dijo.

“Está regulando al Ejecutivo atribuciones y le está limitando funciones. Eso no lo puede hacer”, agregó.

Está desarrollando cuando cabe la disolución presidencial. De acuerdo a la Constitución, el presidente de la República puede disolver al Congreso, con dos censuras o dos negativas de confianza.
Lo que está ocurriendo con este Reglamento es que trata de definir, precisar, limitar cuándo existe una negativa de confianza. Y está diciendo que una negativa de confianza solamente existe en función de lo que piensa el Congreso.

“Todo esto en realidad está pensado en decir, lo que pasó con Fernando Zavala no es una primera negativa de confianza y recién esta operaría para adelante”, comentó. “Por más que se quiera no se puede hacer, porque no tiene eficacia retroactiva”, añadió.