Pedro Chávarry deberá seguir siendo investigado por (Foto: GEC)
Pedro Chávarry deberá seguir siendo investigado por (Foto: GEC)

La Corte Suprema rechazó la queja extraordinaria que presentó el fiscal supremo Pedro Chávarry contra la decisión que habían tomado a mediados de julio, cuando declararon como improcedente su pedido para que se anule la resolución que permitía que siga siendo investigado en el Ministerio Público por haber retirado de sus cargos a los fiscales Rafael Vela Barba y José Domingo Pérez del equipo especial Lava Jato.

La Sala Penal Especial de la Corte Suprema señaló que la queja planteada por la defensa legal de Chávarry Vallejos no puede ser admitida porque la decisión que está cuestionando no pone fin a un procedimiento, ni se trata de una decisión en última instancia.

Según se lee en el documento difundido hoy por el Poder Judicial, Pedro Chávarry presentó esta “queja excepcional” porque acusó la decisión de rechazar su recurso de nulidad como una “vulneración de derechos constitucionales e infracciones al principio de legalidad penal, debido proceso y pluralidad de instancias”.

Pedro Chávarry seguirá siendo investigado por encubrimiento real.
Pedro Chávarry seguirá siendo investigado por encubrimiento real.

Sin embargo, para los magistrados de esta sala suprema consideraron que se respetó la múltiple instancia y que las quejas excepcionales solo pueden plantearse contra sentencias, medidas cautelares en primera instancia o una decisión que ponía fin a un procedimiento. Ninguno de estos casos es aplicable en la resolución en cuestión.

Expresamente, los jueces recuerdan que su fallo del 16 de julio del 2020 dispone que el “procedimiento deba continuar según su estado”. Es decir, que la investigación por presunto encubrimiento real contra Pedro Chávarry continúe.

“Es decir, no estamos ante un caso en el cual la decisión sea la último y haya precluido las posibilidades de analizar el tema de fondo”, señala la resolución judicial.


Actualmente, Pedro Chávarry se encuentra suspendido por un plazo de seis meses de su cargo de fiscal supremo por decisión de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), como parte de un proceso disciplinario en su contra por acciones tomadas cuando era fiscal de la Nación.