Redacción Gestión

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La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) informó que a partir de este lunes 30 de mayo, se inicia el periodo de vigencia de una serie de restricciones y prohibiciones para la segunda Elección Presidencial del próximo domingo 05 de junio.

De esta manera, desde las cero horas del lunes 30 se prohíbe la publicación o difusión de encuestas de intención de voto y proyecciones de cualquier naturaleza sobre los resultados de las elecciones a través de los medios de comunicación.

Asimismo precisa que, a partir del viernes 03 de junio, no pueden efectuarse reuniones o manifestaciones públicas de carácter político. Es por ello que los mítines de cierre de campaña de las dos agrupaciones políticas que participan en la contienda electoral, solo se podrán realizar hasta el jueves 02 de junio.

Igualmente, la propaganda política solo se podrá difundir hasta el viernes 03 de junio. Estas restricciones están especificadas en el artículo 190 de la Ley Orgánica de Elecciones. Por tal razón, desde ese día no se puede usar banderas, llevar vestimentas u otros distintivos o indumentarias que contengan propaganda electoral.

En tanto que desde las 08:00 horas del sábado 04 de junio quedará prohibida la venta de bebidas alcohólicas en todos los comercios a nivel nacional, la misma que podrá reanudarse recién el lunes 06 de junio. Así, la denominada 'Ley seca' tendrá una vigencia de 48 horas.

La ONPE también señaló que los miembros de mesa, candidatos y personeros no pueden ser detenidos 24 horas antes ni 24 horas después de la votación, salvo en caso de flagrante delito.

Además, el día de los comicios, durante las horas de la elección, no se podrá realizar reuniones dentro de 100 metros de un local de votación. Tampoco se podrá hacer espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, ni funciones teatrales o cine, o reuniones públicas de ninguna clase.

El organismo electoral también señaló que está prohibido portar armas de fuego desde el sábado 09 hasta el lunes 11 de abril. Asimismo, se prohíbe impedir, coactar, inducir o perturbar el ejercicio personal del sufragio.

De igual manera, el ingreso violento al local de votación, la agresión a miembros de mesa, así como la destrucción de actas electorales y local de votación son delitos flagrantes y los autores serán detenidos y sancionados penalmente.

Ninguna persona, además, puede detener o demorar los servicios de correos o mensajeros que transporten elementos del proceso electoral.

La ONPE hizo un llamado a los ciudadanos, medios de comunicación y organizaciones políticas en competencia a respetar las normas establecidas en la ley para esta última semana de campaña electoral.