(Foto: USI)
(Foto: USI)

En tres meses la población regresará a las urnas. Esta vez para elegir a los próximos alcaldes y gobernadores regionales, a nivel nacional. Sin embargo, más allá de la campaña electoral, el proceso abre el debate sobre las contradicciones que existen en el sistema municipal.

Los detalles

Tal como lo establece el Decreto Supremo 025-2007, emitido durante la gestión de Alan García, actualmente la remuneración que perciben no guarda relación con el ingreso de una localidad (ver para recordar).

Precisamente, los tres distritos más ricos del interior del país perciben entre S/ 140 millones y S/ 264 millones. No obstante, quien sea el alcalde electo del distrito más rico (Megantoni, Cusco) solo será remunerado con S/ 2,340 (ver tabla).

De otro lado

El escenario es otro, si se trata de localidades ubicadas en Lima. De acuerdo al portal del MEF, Ate es el distrito con mayor presupuesto de Lima, pues la cifra asciende a S/ 255 millones. Y el alcalde, Óscar Benavides percibe un sueldo de S/ 9,750, según se lee en el Diario El Peruano. Estas diferencias podrían significar una puerta abierta a la corrupción. Así lo indica el abogado especialista en temas municipales, Ángel Delgado.

“Que un distrito reciba canon no (incide) en el sueldo, quizá debería incidir, pero no. Lo cual es extraño, porque ni siquiera pueden contratar funcionarios que estén a la altura de manejar esos montos”, cuestiona el letrado. En ese sentido, Delgado criticó que en la norma vigente “existen anomalías” que deberían resolverse.

“Los funcionarios ganan como si fuera un distrito chico, lo cual es un problema ¿qué sentido tiene que tenga tanto dinero, si tienen sueldos miserables para los funcionarios? ”, se cuestiona.

Los criterios

La ley que refiere Delgado es la 025-2017, que dicta las medidas sobre los ingresos de los alcaldes. En ella se establece que el criterio para designar el sueldo de la autoridad edil se basa en la población electoral. A ello se suma la unidad de ingreso del sector público (USIP), que equivale a S/ 2,600 este año.

De allí se desprende que existen 20 escalas, a nivel regional. Porm ejemplo, el alcalde cuya población electoral llegue a 500, recibirá un sueldo de S/ 1,040 (como máximo).

En cambio, la autoridad que se ubique en el primer nivel, con una población electoral de más 450, 000, recibirá S/ 11,050. Cabe indicar que el burgomaestre de Lima Metropolitana, Luis Castañeda, no está incluido, y su remuneración es de S/14,300.

Reajustes

Benavides, quien es también presidente de la Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE), criticó la norma. “El alcalde que tiene tremenda responsabilidad, ¿cómo va a contratar a los ingenieros o técnicos que deberán hacer un buen proyecto? El Gobierno central no lo está acompañando”, refirió a Gestión.

El burgomaestre manifestó que los vacíos legales impulsan las coimas en obras de infraestructura. Por tal motivo, hizo un llamado para subsanar ello. “Nos olvidamos que los regidores cobran el 30% del sueldo del alcalde. Así, quién va a tener gusto de trabajar”.

Detalló que el gremio de alcaldes alcanzó un documento al Ejecutivo solicitando derogar la medida del 2007. “Hemos hecho seis congresos en la AMPE, producto de eso hemos entregado las conclusiones al MEF, al Ejecutivo y al Congreso. Pero nunca trataron”, asegura.

Se trata de conclusiones que, además de solicitar la derogación del DS 025-2007, plantean otros criterios para establecer los sueldos de acuerdo al total de habitantes y al ingreso. “No es posible que haya inequidad”.

(Foto: Gestión)
(Foto: Gestión)

[Nota de redacción: Este artículo fue publicado en la edición impresa del Diario Gestión el 7 de agosto del 2018]

TAGS RELACIONADOS