El (Mininter) publicó hoy un decreto supremo que aprueba otorgar el Permiso Temporal de Permanencia (PTP) a los ciudadanos de que hayan ingresado a territorio peruano, de manera regular, hasta antes de que ese país fuera excluido del Convenio Mercosur.

El plazo para presentar la solicitud del PTP es 120 días hábiles computados desde mañana miércoles, que entra en vigencia el decreto del Mininter.

Las solicitudes que se presenten serán resueltas en única instancia por la Jefatura Zonal respectiva o por la Gerencia de Servicios Migratorios de la Superintendencia Nacional de Migraciones (Migraciones).

El PTP se otorgará por el plazo un año y podrá ser prorrogado automáticamente hasta la entrada en vigencia de la Ley de Migraciones, o hasta que se regularice la situación política de Venezuela.

Con la entrada en vigencia de la Ley de Migraciones, la persona beneficiaria del PTP deberá optar por uno de los supuestos que se determinen en dicho dispositivo legal para establecer su situación migratoria regular, antes del vencimiento de PTP otorgado.

Con el otorgamiento del PTP, se faculta a la persona beneficiaria a trabajar formalmente en el territorio peruano, en el marco de la legislación nacional.

Para tal efecto, Migraciones comunicará al (MTPE) el otorgamiento del permiso a efectos de que se libere a la persona beneficiaria con el PTP de restricciones de carácter laboral.

El PTP se perderá en caso que la persona beneficiaria se ausente del territorio nacional por más de 183 días consecutivos o alternados desde su última salida como residente PTP, dentro de un período de 365 días, sin autorización.

"Es improcedente la solicitud de PTP de las personas de nacionalidad venezolana que se encuentren comprendidas en las causales de prohibición y/o impedimento de ingreso al país vinculadas a temas de orden público y seguridad nacional", dice la norma.